Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 556/2019
Sucre, 08 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 370/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 274 a 276, interpuesto por Gerónimo Díaz Quevedo representante legal de PIL CHUQUISACA S.A, en contra del Auto de Vista Nº 447/2018 de 20 de Julio de fs.268 a fs.271, correspondiente a la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso de pago de quinquenio más multa de ley, reintegro de pago de dominicales cancelados erróneamente y pago de primas anuales que sigue Alvaro Santiago Salinas Terrazas en representación de Milton Marcos Sanjinez Ruíz, el Auto de 24 de Agosto de 2018 que concedió el recurso, el Auto Nº 389/2018-A de 30 de Octubre de fs.289 y 289 vta, que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y
I. CONSIDERANDO:
I. 1. Antecedentes del proceso.
I.1.2. Sentencia. –
Que, tramitado el proceso social laboral, la Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Chuquisaca, emitió la Sentencia N° 59/2017 de 18 de Octubre, cursante de fs.185 a 188 vta, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs.14 a fs.15 vta y su ampliación de fs.19 a 19 vta. interpuesta por Alvaro Santiago Salinas Terrazas en representación del Sr. Milton Marcos Sanjinez Ruíz, por pago de quinquenio más multa de ley, reintegro de pago de dominicales cancelados erróneamente pago de primas anuales y pago de subsidios familiares.
I.1.3 Auto de Vista.
En grado de apelación deducida por Gerónimo Díaz Quevedo representante legal de PIL CHUQUISACA S.A, la adhesión de fs.207 a 211 vta y la apelación diferida de fs.161 a 161 vta, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 447/2018 de 20 de Julio de fs.268 a fs.271, CONFIRMA la sentencia apelada y su auto complementario N° 593/2017 de fs. 193.
II. CONSIDERANDO.
II.1 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
El indicado Auto de Vista Nº 447/2018 de 20 de Julio de fs.268 a fs.271, motivó a Gerónimo Díaz Quevedo representante legal de PIL CHUQUISACA S.A interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 274 a 276 de obrados, bajo los siguientes argumentos:
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