Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 557 Sucre 29 de octubre de 2003
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Mario Royett Vallejos Fernández, revisión de sentencia
VISTOS: El recurso de revisión de sentencia interpuesto a fs. 15-17, por Mario Royett Vallejos Fernández, como emergencia del fenecido proceso penal que le siguió el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto por el art. 48 de la Ley 1008; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, según el art. 421 del Código de Procedimiento Penal, el recurso de revisión extraordinaria de sentencia procederá contra las sentencias condenatorias ejecutoriadas, en todo tiempo y a favor del condenado.
Que, de la interpretación de la norma citada, se tiene que la revisión de sentencia, sólo procede cuando ésta se encuentra plenamente ejecutoriada, y en el caso presente, no hay constancia de que la indicada sentencia condenatoria contra Mario Royett Vallejos Fernández, presumiblemente pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, se halle ejecutoriada y con autoridad de cosa juzgada, por cuanto no consta en obrados los fallos de instancia que demuestren estos aspectos, lo que inviabiliza el recurso interpuesto, por no existir base legal sobre la que se pronuncie el Máximo Tribunal.
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