Texto del fallo
Estado Puninacional de Hola REMO DE JUSTICIA o uiyA, TRIBUNAS O NTENCIOSA ADMIN sabs OCIAL Y ADMINISTRATIVA PRI AUTO SUPREMO 557/ 2 Sucre, 6 de octubre de 202 DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES . 25
pee o Alcón y Rosa Nina Guarachi Demandado - Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Proceso - Beneficios Sociales
Distrito : La baz
Relatora : Mgda. Norma Velasco Mosquera
L VISTOS: Los Recursos de Casación interpuestos por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a través de su representante legal y Eliodoro Alcón y Rosa Nina Guarachi, de fs. 427 a 429 vta., y fs. 432 a 438, respectivamente, impugnando el Auto de Vista 246/2024 de 7 de octubre, de fs. 421 a 425 vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral por pago de Beneficios Sociales, seguido por Eliodoro Alcon y
otro contra el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; el Auto
92/2025 de 21 de febrero, a fs. 441 que concedió los Recursos de Casación; el Auto de Admisión 262/ 2025-A de 17 de abril, a fs. 447 y vta.; y los antecedentes procesales.
CONSIDERANDO I:
Que, instaurado el proceso laboral por pago de Beneficios, la Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Quinta de la Capital del departamento de La Paz, emitió la Sentencia 54 /2024 de 4 de julio, de fs. 381 a 391, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 93 a 105, subsanada de fs. 106 a 107 y fs.109a 110, disponiendo que la parte demandada, cancele en . de Eliodoro Alcón por
tiempo de Servicios 5 años 3 meses
la suma de Bs17.151,75 (diecisiete To concepto de indemnización
polivianos), desahucio Bs9.801 (nueve md. encuenta yun 75/100 bolivianos), Vacación gestión 2017 - 2018 h cientos un 00/100 treinta y tres 50/100 bolivianos) Vacació . ml seiscientos Bs550,55 (quinientos cincuenta 55/1 - Cs En duodécimas antiguedad Bs3.956,40 ?/100 bolivianos), bono de
40 (tres mil novecientos cincuent 1 bolivianos) haciendo un total de Bs33.0 entay seis 40/100 -093,20 (treinta y tres mil
noventa y tres 20/100 bolivianos).
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