Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 559/2015 - L
Sucre: 15 de Julio 2015
Expediente: CB-53-10-A
Partes: Gregoria Aguilar vda. De Sánchez c/ José Sánchez Aguilar
Proceso: Declaración de indignidad, Desheredación y otro.
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 95 y vta., interpuesto por José Sánchez Aguilar contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/CC/AINT.59/08.04.10, cursante a fs. 91, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Declaración de indignidad, Desheredación y Revocatoria de Anticipo de Legitima seguido por Gregoria Aguilar vda. De Sánchez contra José Sánchez Aguilar, concesión de fs. 102 vta., los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – Cochabamba, mediante Auto de 13 de marzo de 2008, de fs. 77, rechazo la declinatoria de competencia territorial, que solicitó José Sánchez Aguilar mediante memorial de 17 de agosto de 2007.
Deducida la apelación por el demandada y remitida las mismas ante la instancia competente, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº REG/S.CII/CC/AINT.59/08.04.10, confirmo el Auto apelado.
En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandante interpuso recurso de casación, mismo que se pasa a analizar.
CONSIDERANDO II
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