Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0562/2016-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de junio de 2016CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Nulidad de Documentos, Cancelación en Derechos Reales y acción
Sala
Civil
Año
2016

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 562/2016 - RA

Sucre: 03 de junio 2016

Expediente: CB-44-16-S

Partes: María Luz Marquina Grageda c/ José Medrano Soto y Otros.

Proceso: Nulidad de Documentos, Cancelación en Derechos Reales y acción

Reivindicatoria y acción Negatoria.

Distrito: Cochabamba

VISTOS: El recurso de casación de fs. 630 a 633, formulado por María Luz Marquina Grageda a través de apoderado Mario Flores Herbas (demandante), contra el Auto de Vista Nº 097/2015 de fecha 27 de octubre, de fs. 624 a 627 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Nulidad de Documentos, Cancelación en Derechos Reales y acción Reivindicatoria y acción Negatoria seguido por María Luz Marquina Grageda en contra de José Medrano Soto, Patricia Salvatierra de Medrano, Gabriel Encinas, Leonarda Campero de Encinas, Silverio Cossío y los Comunarios de Catachilla representados por Einar Prado Paz, la contestación de fs. 637 a 638 y vta., y de fs. 649 a 650 y vta., el Auto de concesión de fs. 669, los antecedentes del proceso, y:

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

En base a la demanda de Nulidad de Documentos, Cancelación en Derechos Reales y Acción Reivindicatoria y Acción Negatoria de fs. 12 a 14 se inicia el proceso que es contestado y reconvenido por Usucapión Quinquenal, desarrollándose el mismo hasta pronunciarse Sentencia de fecha 3 de febrero de 2014, cursante de fs. 440 a 443 y vta., declarando PROBADA la demanda de fs. 12 a 14 en lo concerniente a la nulidad de documentos y acción reivindicatoria, en acciones y derechos, no así a la acción negatoria, e IMPROBADAS las excepciones perentorias opuestas por los demandados, así como IMPROBADA la acción reconvencional y PROBADAS las excepciones perentorias opuestas a esta, en consecuencia dispuso la cancelación en Derechos Reales de los siguientes registros: Fs. y Ptda. Nº 56 del Libro de Propiedad de la Provincia Capinota de fecha 4 de marzo de 1985; Fs. y Ptda. Nº 105 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Capinota, de fecha 25 de junio de 1992; Fs. y Ptda. Nº 205 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Capinota, de fecha 10 de noviembre del 2004. Sin costas por la calidad doble del proceso.

Mostrando 12 de 23 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
María Luz Marquina Grageda
Demandado
José Medrano Soto y Otros.
Proceso
Nulidad de Documentos, Cancelación en Derechos Reales y acción
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia3 de junio de 2016AS/0562/2016-RAFuente oficial