Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 564
Sucre, 16 de julio de 2024
Expediente: 396-2024
Demandante: Sandra Valencia Llorenty
Demandado: Claudia Inés Justiniano Aponte
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 142 a 147, deducido por Mirian Bertha Cossio Vaca, en representación legal de Claudia Inés Justiniano Aponte en virtud del Testimonio de Poder № 0796/2021 otorgado ante la Notaria de Fe Publica № 67 , correspondiente al Distrito Judicial de Santa Cruz, impugnando el Auto de Vista № 256/2023 de 21 de septiembre, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fojas 137 a 140 y vuelta), dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Sandra Valencia Llorenty contra la recurrente, el Auto de 9 de abril del 2024 (fojas 153), que concedió el recurso, el Auto Interlocutorio № 155/2024 de 22 de mayo que admitió el recurso (fojas 159 a 160 y vuelta), los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social N° 5 de Santa Cruz, emitió la Sentencia № 57/2020 de 13 de noviembre a fs. 89 a 93 y vuelta, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de pago de beneficios sociales y derechos laborales de fojas 4 a 6, más la multa por el retraso en su pago; sin costas y costos.
En consecuencia, dispuso que Claudia Inés Justiniano Aponte, pague, a favor de la demandante, los beneficios sociales y derechos laborales que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Tiempo de trabajo 5 años, 4 meses y 10 días.
Salario promedio indemnizable Bs. 1,656,00
Desahucio Bs. 4,968,00
Indemnización Bs. 8,878,11
Aguinaldos (Gestiones 2011,2012,2013,2014 y 2015) Bs. 8,073,00
Multa por no pago de aguinaldos Bs. 8,073,00
Segundo Aguinaldo (Gestiones 2011,2012,2013,2014 y 2015) Bs. 8,073,00
Multa por no pago de 2do aguinaldo Bs. 8,073,00
Vacaciones Bs. 4,438,63
Sub Total Bs.50,576,63
Multa 30% Bs.15,172,98
Menos lo pagado según fojas 51 Bs. -700,00
Total Bs.65,049,00
Finalmente, dispuso que el monto determinado deberá ser cancelado dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, a favor de la demandante Sandra Valencia Llorenty.
Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista №256/2023 de 21 de septiembre (fojas 137 a 140 y vuelta), La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia № 57/2020 de 13 de noviembre de fojas 89 a 93 y vuelta, ordenando a la demandada para que ejecutoriada que se encuentre la presente resolución cancele a la demandante los siguientes conceptos:
Tiempo de trabajo 5 años, 4 meses y 10 días.
Salario promedio indemnizable Bs. 1,260,00
Desahucio Bs. 3,780,00
Indemnización Bs. 6,755,11
Aguinaldos (Gestiones 2011,2012,2013,2014 y 2015) Bs. 5,638,00
Multa por no pago de aguinaldos Bs. 5,638,00
Segundo Aguinaldo (Gestiones 2011,2012,2013,2014 y 2015) Bs. 5,638,00
Multa por no pago de 2do aguinaldo Bs. 5,638,00
Vacaciones Bs. 3,377,50
Sub Total Bs.36,464,50
Mostrando 41 de 81 parrafos.