Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 565/2015-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 76/2011
Parte acusadora : Freddy Raúl Segurondo Bocangel
Parte imputada : Miguel Huanca Figueroa
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de mayo de 2011, cursante de fs. 505 a 511 vta., Miguel Huanca Figueroa, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 28/2011 de 15 de abril de fs. 471 a 473 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Freddy Raúl Segurondo Bocangel contra el recurrente, por el delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 02/2011 de 14 de enero (fs. 406 a 412), el Juez Tercero de Sentencia de la Corte Superior de Justicia de La Paz, declaró a Miguel Huanca Figueroa, autor del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiéndole la pena de tres años y seis meses, más cien días multa a razón de Bs. 10.- por día, mas costas y daños a calificarse en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs. 435 a 440 vta.); resuelto por Auto de Vista 28/2011 de 15 de abril emitido por la Sala Penal segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada.
c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 9 de mayo de 2011 (fs. 474), interpuso recurso de casación el 13 del mismo mes y año.
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