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TSJ

AS/0567/2019

Tribunal Supremo de Justicia
8 de octubre de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2019

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 567/2019

Sucre, 08 de octubre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 373/2018

Distrito: SantaCruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 131 a 133, interpuesto por Verónica Jannette Martínez de Navallo en representación legal de la Empresa Martínez de Navallo Verónica Jannette, contra el Auto de Vista Nº 92 de 26 de junio de 2018, cursante de fs. 128 y vta., pronunciado por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral, seguido por Daniel Erico Olivares García contra la Empresa Martínez de Navallo Verónica Jannette, contestación al recurso de fs. 137, el Auto de fs. 138 que concedió el recurso y Auto N° 392/2018 – A; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1 Sentencia.

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social 7mo. de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 8 de 26 de enero de 2018, (fs. 94 a 98 y vta.), declarando probada la demanda en parte cursante de fs. 15 a 16, sin costas, ordenando a la Empresa Martínez de Navallo Verónica Jannette representada por Jannette Martínez de Navallo, pague a tercero día de ejecutoriada la sentencia a favor del demandante los beneficios sociales en la suma de Treinta y Dos Novecientos Cuarenta y Cinco 26/100 Bolivianos (Bs. 32.945,26.-), por concepto de desahucio, indemnización, duodécima, incremento salarial, más la multa de 30%, según dispone el D.S. 28699.

I.1.2 Auto de Vista.

En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 102 a 104, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 92/2018 de 26 de junio de 2018, (fs. 128 y vta.), CONFIRMA la Sentencia Apelada, con costos y costas.

I.2 Motivos del recurso de casación

El referido auto de vista, motivó que la entidad demandada interponga el recurso de casación de fs. 131 a 133, manifestando, en síntesis:

I.2.1. De la Casación.

Que interpone recurso de casación contra el auto de vista N° 92/2018, que confirma la sentencia impugnada, para que se revoque tanto el auto de vista y por ende la sentencia.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia8 de octubre de 2019AS/0567/2019Fuente oficial