Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo : 568/2014
Fecha : Sucre, 21 de octubre de 2014
Distrito : Santa Cruz
Expediente : 148/2010
Partes : Ministerio Público c/ Efraín Pizarro Jiménez.
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
Recurso : Casación
VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Efraín Pizarro Jimenez, de fs. 323 a 324 vta. de obrados, impugnando el Auto de Vista Nº 82/2010 de 24 de junio, pronunciado por la Sala Penal Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Efraín Pizarro Jimenez, por la presunta comisión del Delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley N° 1008, los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 184 a 186 vta. de obrados, el Tribunal de Sentencia Quinto de la Capital, mediante Sentencia Nº 14 de 23 de abril de 2010, cursante de fs. 293 a 300 de obrados, dispuso declarar a Efraín Pizarro Jiménez autor del Delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la ley N° 1008, imponiéndole la pena de presidio de 8 años a cumplir en la Cárcel Pública de la ciudad de Yacuiba y multa Bs.100.
Que, ante la Sentencia N° 14, el acusado formuló Recurso de Apelación Restringida, que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 14 de mayo de 2010 la Sala Penal Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó Auto de Vista N° 82/2010, declarando Improcedente el Recurso planteado por el acusado.
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista Nº 82/2010, pronunciado por la Sala Penal Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz precitado, el acusado Efraín Pizarro Jiménez formuló Recurso de Casación de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación presentado, se establece como motivos de los mismos los siguientes aspectos:
Señaló que, la Sentencia no cumplió con los requisitos previstos en el art. 370-1, 3, 5) del Código de Procedimiento Penal, pues el Ministerio Público introdujo pruebas dentro del juicio con la mala notificación a la Perito Bioquímica, que elaboró un informe parcializado y no se hizo presente en Audiencia para ratificar su informe, vulnerando el debido proceso, el principio de inocencia, provocando indefensión en la etapa preparatoria.
Aduce que, se puede evidenciar la violación al debido proceso, pues no se ha observado el procedimiento tal como establece el art. 323 del Código de Procedimiento Penal, es decir que el Ministerio Público se ha saltado una etapa del Procedimiento, vulnerando el principio de igualdad de las partes, el derecho a la defensa y el debido proceso.
Mostrando 20 de 40 parrafos.