Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 574
Sucre, 28 de mayo de 2.007
DISTRITO: La Paz PROCESO: Administrativo.
PARTES: Mauricia Mamani Colqui Vda. de Isidro Mamani Chipana, c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR".
MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio.
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 267-269, interpuesto por Walter Castillo Guerra, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", contra el auto de vista Nº 59/05 SSA-III de 8 de abril de 2005 cursante a fs. 263, dictado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Reclamación seguido por Mauricia Mamani Colqui Vda. de Isidro Mamani Chipana, contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fs. 278, la respuesta de fs. 274, los antecedentes y todo cuanto ver convino y se tuvo presente, y;
CONSIDERANDO.- Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs. 195-196, la Comisión de Reclamación de la Dirección del Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", emitió la resolución Nº 179/04 de 7 de junio de 2004, que cursa a fs. 241-243 repetida a 250-252, confirmando la resolución Nº 000093 de 7 de enero de 2002 de fs. 179-180, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, disponiendo la suspensión definitiva de la renta básica de viudedad otorgada a Mauricia Mamani Colqui, manteniendo la renta de orfandad a favor del menor Alcides Mamani Mamani hasta que cumpla la edad de 19 años.
En grado de apelación deducida por la actora, a fs. 255-256, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz, pronunció el auto de vista Nº 59/05 SSA-III de 8 de abril de 2005 cursante a fs. 263, revocando la resolución de la Comisión de Reclamación Nº 179/04 de 7 de junio de 2004, que cursa a fs. 241-243 repetida a 250-252, disponiendo en consecuencia la rehabilitación de la renta de viudedad de Mauricia Mamani Colqui, con carácter retroactivo.
En conocimiento del auto de vista Nº 59/05 SSA-III de 8 de abril de 2005 cursante a fs. 263, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", legalmente representado por su Director General Ejecutivo Walter Castillo Guerra, invocando el amparo de los arts. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civ., 210 del Cód. Proc. Trab. y 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición interpone recurso de casación (fs. 267-269), expresando que el auto de vista recurrido no ha aplicado correctamente el art. 34 del Manual de Calificación de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1987, concordante con el art. 52 del Cód. S.S., al no valorar la prueba aportada en el expediente en contra de Mauricia Mamani Colqui, quien mantuvo una relación concubinaria con el asegurado Isidro Mamani Chipana, que hasta la fecha de su fallecimiento no disolvió su matrimonio con Lucía Mamani Condori, por lo que mal puede concedérsele renta de viudedad ni a la concubina ni a la esposa, correspondiendo únicamente otorgar renta de orfandad a favor de los hijos menores de edad del causante Isidro Mamani Chipana.
CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el SENASIR, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso, se concluye:
1.- Que, la Dirección de Pensiones a través de la Comisión de Calificación de Renta, dictó la resolución Nº 000093 de 7 de enero de 2002, suspendiendo definitivamente la renta básica de viudedad otorgando a Mauricia Mamani Colqui, manteniendo la renta de orfandad a favor del menor Alcides Mamani Mamani, que habiendo sido objeto del recurso de reclamación de fs. 195-196, dio lugar a la dictación de la resolución de la Comisión de Reclamación Nº 179/04 de 7 de junio de 2004, que cursa a fs. 241-243 repetida a 250-252
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