Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 575/2020-RA.
Fecha: 18 de noviembre de 2020
Expediente: PT-8-20-S.
Partes: Enrique Vilcaez López por sí y en representación de sus hermanos Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López c/ Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez.
Proceso: Fraude Procesal.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 538 a 540, interpuesto por Enrique Vilcaez López por sí y en representación de sus hermanos Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López contra el Auto de Vista Nº 061/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 534 a 536 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso ordinario sobre fraude procesal, seguido por los recurrentes contra Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez, la contestación de fs. 543 a 547, el Auto de concesión de 26 de octubre de 2020 cursante a fs. 548, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 240 a 250 subsanada de fs. 257 a 259 Enrique Vilcaez López por sí y en representación de sus hermanos Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López, inició proceso de fraude procesal, acción dirigida contra Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez, quienes una vez citadas, la primera responde negativamente a la demanda mediante memorial cursante de fs. 277 a 284, y la segunda fue notificada mediante edictos de ley y ante su incomparecencia se le designó defensor de oficio al Abog. Jorge Martínez Rodríguez; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 27/2018 de 18 de junio, cursante de fs. 411 a 417 donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Uyuni, declaró IMPROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Enrique Vilcaez López por sí y en representación de sus hermanos Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López mediante memorial cursante de fs. 423 a 428, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista Nº 061/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 534 a 536 vta., por el que CONFIRMÓ la sentencia.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Enrique Vilcaez López por sí y en representación de sus hermanos Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López según memorial cursante de fs. 538 a 540, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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