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TSJ

AS/0576/2013

Tribunal Supremo de Justicia
1 de noviembre de 2013Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Nulidad Parcial y de Adjudicación y Otros
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 576

Sucre: 1 de noviembre de 2013

Expediente: SC – 131 – 08 – S

Proceso: Nulidad Parcial y de Adjudicación y Otros

Partes: Miguel Ernesto Durán Aue y otros c/ Hanna Daher Bulus

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

I. VISTOS:

1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Miguel Ernesto Durán Aue, por si y en representación de sus hermanas Miriam Durán Aue Vda. de Viera y María Teresa Durán Aue, contra el Auto de Vista Nº 321 de 16 de junio de 2008, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, en el proceso ordinario doble de nulidad parcial y de adjudicación y transferencia, daños y perjuicios, mejor derecho propietario, acción negativa y usucapión, seguido por Miguel Ernesto, Mirian y María Teresa Durán Aue, en contra de Hanna Daher Bulus, los antecedentes y;

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del proceso.- Que, mediante sentencia de fojas 302 a 304 de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Décimo Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, se declaró improbada la demanda en todas sus partes, de fojas 39 a 40 y su modificación de fojas 131 a 132 y de fojas 138, e improbada en todas sus partes la demanda reconvencional, sin costas.

Que, en grado de apelación, interpuesto por Miguel Ernesto Durán Aue por sí y en representación de sus hermanas Mirian Durán Aue vda. de Viera y María Teresa Durán Aue, de fojas 308 a 310 vuelta, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 321 de16 de junio de 2008, de fojas 325 a 326, se confirmó totalmente la sentencia apelada, con costas en ambas instancias.

Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 328 a 329 vuelta, Miguel Ernesto Durán Aue, por sí y en representación de sus hermanas Miriam Durán Aue Vda. de Viera y María Teresa Durán Aue, interpuso recurso de casación en el fondo, que se compendia a continuación.

III. CONSIDERANDO:

3.1.- Recurso de casación.- El recurrente, en su recurso de casación en el fondo, efectúa las siguientes denuncias:

Denuncia que el Tribunal ad quem habría violado el artículo 116 del Código de Familia cuando afirma que no consta en la escritura de préstamo que el gravamen hubiera sido sobre el 50 % del inmueble motivo de Litis, acusa de error de interpretación y que dicho precepto legal no especifica que cuando firma uno de los esposos y el otro no en una venta, hipoteca, etc. se debe entender que la venta, hipoteca, etc. es sobre el 100 % del bien ganancial como sostiene el auto recurrido.

Añade que en la escritura de préstamo Nº 807/90 de fecha 12 de diciembre de 1990 no se cumplió con lo que prescribe el artículo 116 del Código de Familia por lo que en el juicio ejecutivo no se debió embargar, subastar y adjudicar la totalidad del inmueble porque el esposo no dio su consentimiento, no hipotecó.

Acusa también al Tribunal ad quem de haber violado los artículos 101, 102, 111 y 116 del Código de Familia, alegando que el Tribunal ad quem habría incurrido en una manifiesta equivocación al haber pensado, creído y afirmado que como no se especificó en la escritura de préstamo que la hipoteca del inmueble motivo del juicio era sobre el 50 % que le correspondía a la esposa Blanca Aue Salas de Durán erradamente juzgaron que el otro 50% del inmueble perteneciente al esposo también fue cedido en garantía a favor del Banco Boliviano Americano S.A.

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Datos del proceso

Demandante
Miguel Ernesto Durán Aue y otros
Demandado
Hanna Daher Bulus
Proceso
Nulidad Parcial y de Adjudicación y Otros
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia1 de noviembre de 2013AS/0576/2013Fuente oficial