Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0579/2007

Tribunal Supremo de Justicia
10 de noviembre de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 579 Sucre, 10 de noviembre de 2007.

DISTRITO: Santa Cruz.

PARTES: Ministerio Público c/ Luís Fernando Cabrera Alcoba.

Homicidio (Declara inadmisible el recurso de casación)

< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <

Sucre, 10 de noviembre de 2007.

VISTOS: El recurso de casación de fojas 323 a 324 vta. interpuesto por Luís Fernando Cabrera Alcoba impugnando el Auto de Vista Nº 78/07 de 4 de abril de 2007 de fojas 318 a 320, pronunciado por la Sala Penal Segunda dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de homicidio previsto y sancionado en el artículo 251 del Código Penal; de la revisión de los antecedentes se tiene:

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz declaró a Luís Fernando Cabrera Alcoba autor del delito de homicidio previsto en el artículo 251 del Código Penal, imponiéndole la pena privativa de libertad de cinco años a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia; la mencionada resolución fue apelada por Luís Fernando Cabrera Alcoba y resuelto por Auto de Vista de fojas 318 a 320 que declaró improcedente la apelación; el referido Auto de Vista fue recurrido de casación por el mencionado imputado; por lo que el Tribunal de Casación en cumplimiento del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, pasa a revisar el recurso planteado.

CONSIDERANDO: El recurrente Luís Fernando Cabrera Alcoba interpone el recurso de casación de fojas 323 a 324 vta. indicando:

1) El Tribunal de Alzada se contradice en el punto III al indicar que el imputado encañonó a Oliver Vallejos Méndez y a los demás amigos que estaban presentes en ese día; sin embargo, los testigos manifiestan que no vieron arma alguna y que el imputado no estaba apuntando a nadie con el arma, sino que disparó un tiro al aire, por lo que no hay ninguna clase de dolo directo o indirecto; sino que, según el recurrente, hubo homicidio culposo o en su caso estado de necesidad de un acto no voluntario que debió aplicarse por el principio de congruencia.

2) No existió prueba plena ni se valoró la evidencia de acuerdo a las reglas de la sana crítica,

3) El Tribunal de Apelación se equivoca al señalar la fecha de inicio y conclusión de la pena, y

4) Finalmente hace notar que fue imputado por el delito de asesinato, la acusación fue por el delito de homicidio y la defensa pidió que se califique el hecho por homicidio culposo.

Mostrando 14 de 27 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Luís Fernando Cabrera Alcoba.
Tribunal Supremo de Justicia10 de noviembre de 2007AS/0579/2007Fuente oficial