Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 580/2019
Sucre, 08 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 428/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 223 a 224 vta., interpuesto por Mario Ramiro Eduardo Terceros Tovar, contra el Auto de Vista Nº 46/18 de 23 de febrero de 2018, cursante de fs. 215 a 216, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, interpuesto por María Marcela Ramos Apaza contra el recurrente y otra, el Auto Nº 342/2018 de 10 de septiembre, que concedió el recurso (fs. 235 vta.), el Auto de admisión Nº 443/2018-A de 15 de octubre, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso.
I.1. Sentencia.
Admitida la demanda y agotados los trámites del proceso, la Juez Octavo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 081/2017 de 16 de marzo, cursante de fs. 186 a 191, declarando PROBADA en parte la demanda y disponiendo el pago de Bs. 62.083,60, (Sesenta y dos mil ochenta y tres 60/100 Bolivianos) por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo de Navidad, vacaciones y multa del 30% previsto en el DS. 28699.
Indemnización
Bs. 40.753,12
Desahucio
Bs. 4.347
Aguinaldo dúo
Bs. 1207,5
Vacación dúo
Bs. 1.449
TOTAL
Bs. 47.756,62
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