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AS/0581/2022

Tribunal Supremo de Justicia
19 de septiembre de 2022Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Prescripción

La entidad recurrente refiere que el Tribunal de Alzada vulneró el art. 127-a) del Código Procesal del Trabajo en lo referente a la excepción perentoria de prescripción planteada y posteriormente rechazada, puesto que, dicha excepción fue planteada porque los derechos que no fueron ejercitados por s...

Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 581

Sucre, 19 de septiembre de 2022

Expediente : 409/2022

Demandante : Roberto Cusi Gastón

Demandado : Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM) Pando

Proceso : Pago de Beneficios Sociales

Departamento : Pando

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 154 a 155, interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos de Pando (SEDCAM-Pando), representado por Jacinto Condori Torrez y Gladys Luna Estrada, contra el Auto de Vista Nº 48/2022 de 17 de junio, de fs. 147, emitido por la Sala Civil, Social, Familiar, de Niñez y Adolescencia, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de pago de beneficios sociales e indemnización por incapacidad parcial por accidente de trabajo seguido por Roberto Cusi Gastón contra la entidad recurrente; el Auto N° 139/2022 de 22 de julio, a fs. 159 vta., que concedió el recurso; el Auto de 10 de agosto de 2022, de fs. 171, que admitió el recurso y todo cuanto fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES PROCESALES.

Sentencia.

La Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Pando emitió la Sentencia N° 05/2021 de 1 de febrero, de fs. 114 a 120, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 28 a 29, disponiendo que la entidad demandada cancele a favor del demandante la suma de Bs. 61.540.- (Sesenta y un mil quinientos cuarenta 00/100 bolivianos), por concepto de indemnización por accidente de trabajo, subsidio frontera y vacación.

Auto de Vista.

Interpuesto el recurso de apelación promovidos por SEDCAM-Pando; conforme el escrito de fs. 127 a 129, luego de desestimar por extemporáneo el recurso del actor de fs. 134 a 135, la Sala Civil, Social, Familiar, de Niñez y Adolescencia, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista Nº 48/2022 de 17 de junio, de fs. 147, CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.

Contra el indicado Auto de Vista, la entidad demandada de fs. 154 a 155, interpuso recurso de casación, conforme a los argumentos siguientes:

1. Refirió que el Tribunal de alzada al confirmar la Sentencia Nº 05/2021, vulneró el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), que establece que son deberes de las bolivianas y los bolivianos, conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes; puesto que, las referidas resoluciones no fueron emitidas con la debida fundamentación y valoración correcta de las pruebas.

2. Señaló que el Tribunal de alzada vulneró el art. 127-a) del Código Procesal del Trabajo (CPT) en lo referente a la excepción perentoria de prescripción planteada y posteriormente rechazada, puesto que, dicha excepción fue planteada porque los derechos que no fueron ejercitados por su titular en el transcurso del tiempo, prescribieron.

Petitorio.

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Máxima

IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DERECHOS LABORALES/ Se aplica la prescripción de los derechos sociales y beneficios sociales transcurridos dos años del nacimiento de dichas acciones y derechos. Respecto a los que hayan sido producidos antes de la promulgación de la CPE de 2009, los mismos que hayan nacido de forma posterior a la promulgación de dicha norma son imprescriptibles.

Datos del proceso

Demandante
Roberto Cusi Gastón
Demandado
Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM) Pando
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Artículo 48-IV de la Constitución Política del Estado Artículo 127-a) del Código Procesal del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia19 de septiembre de 2022AS/0581/2022Fuente oficial