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TSJ

AS/0584/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
5 de julio de 2021Civil
Proceso
Usucapión decenal o extraordinaria.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A LA C I V I L

Auto Supremo: 584/2021-RA

Fecha: 05 de julio de 2021

Expediente: SC-52-21-S.

Partes: María Elena Calderón Antelo y Marycela Peña Calderón c/ Roxana Bejarano Balcázar, Juan Carlos Sanguino Balcázar, Inés Graciela Carvalho de Reyes, Felicidad Carreón y/o presuntos propietarios.

Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por María Elena Calderón Antelo por sí y en representación de Marycela Peña Calderón, cursante de fs. 577 a 580 vta., contra el Auto de Vista N° 01/2021 de 13 de enero cursante de fs. 565 a 570 de obrados, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda de Familia Niñez y Adolescencia Violencia Intrafamiliar o Doméstica del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria seguido por las recurrentes contra Roxana Bejarano Balcázar, Juan Carlos Sanguino Balcázar, Inés Graciela Carvalho de Reyes, Felicidad Carreón y/o presuntos propietarios, el Auto de concesión de 02 de junio de 2021 cursante a fs. 589, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 6 a 7 de obrados, ampliada de fs. 26 a 27, María Elena Calderón Antelo y Marycela Peña Calderón iniciaron demanda ordinaria de usucapión decenal o extraordinaria; acción dirigida contra Roxana Bejarano Balcázar, Juan Carlos Sanguino Balcázar, Inés Graciela Carvalho de Reyes, Felicidad Carreón y/o presuntos propietarios quienes fueron citados mediante edictos de ley, de los cuales Roxana Bejarano Balcázar y Juan Carlos Sanguino Balcázar representados por María Elizabeth Oliva Roca se apersonaron al proceso, plantearon excepciones y contestaron negativamente a la demanda, asimismo por escrito de fs. 51 a 54 vta. la Honorable Alcaldía Municipal de Santa Cruz representada por el Ing. Percy Fernandez Añez contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 206/2018 de 20 de julio, cursante de fs. 461 a 463, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 11 de Santa Cruz, declaró IMPROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por María Elena Calderón Antelo y Marycela Peña Calderón mediante memorial cursante de fs. 472 a 478 vta., dando lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda de Familia Niñez y Adolescencia Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 01/2021 de 13 de enero cursante de fs. 565 a 570 de obrados, CONFIRMANDO totalmente la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por María Elena Calderón Antelo por sí y en representación de Marycela Peña Calderón según memorial cursante de fs. 577 a 580 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
María Elena Calderón Antelo y Marycela Peña Calderón.
Demandado
Roxana Bejarano Balcázar, Juan Carlos Sanguino Balcázar, Inés Graciela Carvalho de Reyes, Felicidad Carreón y/o presuntos propietarios.
Proceso
Usucapión decenal o extraordinaria.
Tribunal Supremo de Justicia5 de julio de 2021AS/0584/2021-RA.Fuente oficial