Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 585/2019
Sucre, 08 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 367/2018
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fs. 156 a 157 vta., interpuesto por ARMINDA PIMENTEL ROJAS, contra el Auto de Vista Nº 83 de 5 de junio de 2018, cursante de fs. 152 a 153, pronunciado por la Sala Primera en materia del Trabajo y Seguridad Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por la recurrente contra la COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS SAN ISIDRO-LA PALIZADA LTDA., representada por Etelvina Rojas de Suarez, el Auto Nº 58/18 de 23 de julio, que concedió el recurso (fs. 165), el Auto de Admisión Nº 386/2018-A de 5 de septiembre, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso
I.1. Sentencia
Admitida la demanda y corridos los trámites del proceso, el Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 40/17 de 29 de septiembre, cursante de fs. 130 a 133, declarando probada en parte la demanda y condenando la suma de Bs. 33.318,7, por conceptos de desahucio, indemnización, vacación, aguinaldo, bono de antigüedad y multa del 30%.
Desahucio
3 sueldos
Bs. 5.400,0
Indemnización
6 años, 5 meses y 20 días
Bs. 11.650,0
Vacación de 1 año. 6 meses, 3 días
Siendo 30 días pendientes de pago
Bs. 1.810,0
Aguinaldo Gestión 2013
1 mes y 3 días
Bs. 165,0
Bono de antigüedad
2 años
Bs. 11.404,8
Deducciones
Pago adelantado finiquitos de fs. 23, 25, 26,27 y 29
Subtotal
Bs. 4.800,0
Bs. 25.629,8
Multa del 30%
Bs. 7.688,9
TOTAL
Bs. 33.318,7
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, la Sala Primera en materia del Trabajo y Seguridad Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, expidió el Auto de Vista Nº 83 de 5 de junio de 2018, cursante de fs. 152 a 153, REVOCANDO parcialmente la Sentencia y condenando el pago de Bs. 7.037,00, por conceptos de indemnización, aguinaldo, vacación, bono de antigüedad, prima y multa del 30%.
I.3. Motivos del recurso de casación.
Dentro el plazo previsto por ley, la demandante interpuso recurso de casación, contra el referido auto de vista, argumentando lo siguiente:
DEL DESAHUCIO:
Que, según la resolución recurrida, se confirma que la demandante no renunció voluntariamente y agrega que, el mismo día que la retiraron sin previo aviso ya estaba otra persona en su fuente laboral, por lo que el despido fue intempestivo. En ese sentido, solicita se ordene a la parte demandada a realizar el pago de desahucio a la demandante, llegando a la suma de Bs. 5400.
INDEMNIZACIÓN:
Que si bien es cierto que la parte demandante adjuntó comprobantes de pago por la suma de Bs. 4.800, de acuerdo a los art. 66, art. 161 del ,C.P.T., art. 4 inc. a), b) y d) y art. 5 del DS, Nº 28699 de 01 de mayo del 2006, DS Nº 110 del 01 de mayo del 2009 y al Principio de Continuidad de la Relación Laboral, solicita se ordene a la parte demandada al pago del saldo adeudado por indemnización de Bs. 6.850.-
VACACIONES:
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