Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 588/2021-RA
Fecha: 05 de julio de 2021
Expediente: CH-38-21-S.
Partes: Máximo, Martin, Hilarión, Sabina todos Huanaco Laca y Cecilia Laca Vda. de Huanaco c/ Paulina Huanaco Vda. de Muñoz.
Proceso: Mejor derecho propietario.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 664 a 674 vta.,, interpuesto por Máximo, Martin, Hilaron todos Huanaco Laca y Cecilia Laca Vda. de Haunaco contra el Auto de Vista N° 98/2021 de 13 de abril, cursante de fs. 611 a 614 de obrados, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, seguido por los recurrentes y Sabina Huanaco Laca contra Paulina Huanaco Vda. de Muñoz; la contestación cursante de fs. 682 a 685; el Auto de concesión de fecha 28 de junio de 2021 cursante a fs. 694, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 65 a 70, subsanada a fs. 156 Máximo, Martin, Hilarión, Sabina todos Huanaco Laca y Cecilia Laca Vda. de Huanaco iniciaron proceso ordinario de mejor derecho propietario; acción que fue dirigida contra Paulina Huanaco Vda. de Muñoz, quien una vez citada, mediante memorial cursante de fs. 171 a 174 contestó a la demanda y planteó excepciones de cosa juzgada y litispendencia; desarrollándose de esta manera el proceso en el cual se emitió el Auto de fecha 24 de abril de 2019 donde el Juez Público Civil y Comercial 11° de la ciudad de Sucre, rechazó la excepción de cosa juzgada, asimismo emitió la sentencia 28/2020 de 04 de marzo, de fs. 452 a 458, en la que declaró PROBADA la demanda principal de mejor derecho propietario.
2. Sentencia de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Paulina Huanaco Vda. de Muñoz, mediante memorial de fs. 492 a 497 vta., la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista N° 98/2021 de 13 de abril, cursante de fs. 611 a 614 de obrados, REVOCANDO la Sentencia apelada y en el fondo declaró IMPROBADA la demanda de mejor derecho propietario.
Ante la solicitud de complementación y enmienda la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de fecha 19 de abril de 2021.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Máximo, Martin, Hilaron todos Huanaco Laca y Cecilia Laca Vda. de Haunaco, según memorial de fs. 664 a 674 vta. de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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