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TSJ

AS/0589/2013

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2013Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Divorcio
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 589

Sucre: 29 de noviembre de 2013

Expediente: SC – 156 – 08 – S

Proceso: Divorcio

Partes: María Cristina Bruckner Bazoberry c/ Yussef Gerardo Mendoza Rojas

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 831 a 834, interpuesto por María Cristina Bruckner Bazoberry a través de su representante José Barnadas Jordán contra el Auto de Vista Nº 123 de 28 de febrero de 2008 cursante a fojas 820 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre divorcio, seguido por la recurrente contra Yussef Gerardo Mendoza Rojas, la respuesta de fojas 837 a 839 vuelta, el auto concesorio de fojas 840, los antecedentes procesales; y

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que, tramitada la causa de referencia, la Juez de Partido Cuarto de Familia de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 74 de 13 de abril de 2006, cursante de fojas 601 a 603 vuelta por el que declara improbada la demanda principal, como la reconvencional, sin costas.

En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz mediante Auto de Vista Nº 123 de 28 de febrero de 2008 cursante a fojas 820 y vuelta, confirma la sentencia, sin costas.

Contra la resolución de segunda instancia, la demandante María Cristina Bruckner Bazoberry a través de su representante José Barnadas Jordán, interpone recurso de casación en el fondo.

CONSIDERANDO II:

DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-

La recurrente en casación, citando los artículos 250, 253 incisos 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil, no sin antes hacer conocer los antecedentes del proceso, acusa que, por la prueba producida a través de la testifical, documental e inspección, se evidencia el distanciamiento entre esposos, la inexistencia de una vida de consumo, la separación de cuerpos, el incumplimiento de los deberes naturales y legales; el desconocimiento de esa prueba por parte de los Jueces de instancia, infringe el artículo 131 del Código de Familia. Asimismo, hace conocer que durante el proceso, se ha evidenciado que ambos esposos tienen domicilios diferentes, del demandado, la propiedad de “San Rafael,” municipio de Saipina, y de la actora, “Avenida Tiluchis Nº 2230” de la ciudad de Santa Cruz, con lo que se demuestra la separación de cuerpos.

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Datos del proceso

Demandante
María Cristina Bruckner Bazoberry
Demandado
Yussef Gerardo Mendoza Rojas
Proceso
Divorcio
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2013AS/0589/2013Fuente oficial