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TSJ

AS/0593/2003

Tribunal Supremo de Justicia
26 de noviembre de 2003Penal IMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal I
Año
2003

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No. 593 Sucre 26 de noviembre de 2003

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público c/ Raúl Yujra Machaca,

Suministro de sustancias controladas

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 161-162, interpuesto por el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de fs. 149-150 de fecha 21 de mayo del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público contra Raúl Yujra Machaca, por el delito de suministro de sustancias controladas, previsto por el art. 51 de la Ley 1008; sus antecedentes, los precedentes contradictorios invocados; y

CONSIDERANDO: Que, el fallo de fs. 118-124, pronunciado por el Tribunal de Sentencia N° 2 de la ciudad de El Alto, declara al imputado Raúl Yujra Machaca, autor de la comisión del delito de suministro de sustancias controladas, previsto por el art. 51 de la Ley 1008, condenándole a la pena de ocho años de presidio a cumplir en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, multa de 300 días a razón de Bs. 1.- por día, más costas, daños y perjuicios a favor del Estado.

Que, la Sala Penal Tercera de la Corte de La Paz, conociendo en apelación restringida la sentencia de primera instancia, por Auto de Vista de fs. 149-150, declara la procedencia del recurso y anula totalmente la sentencia, disponiendo abrir nuevo juicio, y como medida cautelar dispone la internación del imputado a un Centro de Rehabilitación.

Que, contra el fallo anterior, recurre de casación el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas a fs. 161-162.

CONSIDERANDO: Que, admitido el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar, con la facultad de fiscalización que tiene el Máximo Tribunal, si los jueces de instancia observaron las reglas del debido proceso y los plazos establecidos en la normativa procesal penal, para en su caso adoptar las medidas previstas por ley.

Que, de la revisión de los datos del proceso, se advierte que en la parte considerativa del fallo impugnado, el Tribunal de alzada, llega a la convicción de que el imputado cuando fue detenido en la Avenida América no estaba suministrando sustancias controladas y por lo mismo no está probado el delito endilgado, en tanto que la sentencia condenatoria, se basa en los antecedentes policiales y penales del imputado, sobre todo en su condición de adicto a la droga- empero la parte dispositiva del auto impugnado declara procedente el recurso y anula totalmente la sentencia, disponiendo abrir nuevo juicio.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Raúl Yujra Machaca,
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia26 de noviembre de 2003AS/0593/2003Fuente oficial