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TSJReiteradora

AS/0593/2019

Tribunal Supremo de Justicia
10 de octubre de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

El recurrente acusa que el auto de vista no valoró adecuadamente el contrato de trabajo cursante en obrados de fs. 31 a 33 de obrados, al carecer de valor legal al tratarse de una copia simple, sin embargo revisado el mismo, no resulta evidente dicha aseveración, pues claramente se observa que no se...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 593/2019

Sucre, 10 de octubre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 385/2018

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación de fojas 156 a 158 y vuelta, interpuesto por Erick Javier Viruez Iriarte, en representación legal de Juan Manuel Zodiaco Padilla, en virtud del Testimonio Poder Nº 400/2015 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 114 a cargo de Natasha Saucedo Mindani, contra el Auto de Vista Nº 43 de 8 de junio de 2018, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago beneficios y derechos sociales, seguido por el recurrente contra María Raquel Arauz Somaza representante legal de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “ Super Sur Fidalga SRL”, representación conferida por Ingrid Rosario Schamisseddine Somoza en calidad de Gerente, a través del Testimonio Poder Nº 2488/2014 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 33 Mónica Villarroel Rojas, el Auto de 23 de agosto de 2018 que concedió el recurso, el Auto N° 402/2018-A de 19 de septiembre de fs. 173 vlta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I.- Antecedentes del proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido y Seguridad Social Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 58 del 10 de marzo de 2017 (fojas 120 a 124), declarando improbada la excepción de pago de documentado cursante de fs. 45 a 46 y PROBADA en parte la demandada de fs. 7 a 12 y vuelta, con costas por la rebeldía, ordenado a la empresa Super Sur Fidalga SRL. representada por María Raquel Arauz Somoza, pagar a 3ro día de ejecutoriada la sentencia a favor de su ex trabajador los beneficios y derechos laborales siguientes:

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE

4.900

DESAHUCIO

14.700

AGUINALDO 3 MESES Y 20 DÍAS

1.426

INDEMNIZACION 1 AÑO 9 MESES Y 29 DÍAS

8.969,60

VACACION 1 AÑO, 9 MESES Y 29 DÍAS

4.484,80

SUELDO 1 MES Y 8 DÍAS

6.206

AGUINALDO 2013-2014

4.900

AGUNALDO 2015 3 MESES Y 8 DÍAS

1.551

TOTAL

42.237

MULTA DEL 30%

12,671

GRAN TOTAL

54,908,62

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Máxima

INVERSIÓN DE LA PRUEBA/La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, puesto que las pruebas aportadas por la parte recurrente son insuficientes para desvirtuar lo alegado por la otra parte y para privar a los trabajadores de sus beneficios sociales debe existir prueba suficiente para reconocer o no los conceptos reclamados.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículos 3. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia10 de octubre de 2019AS/0593/2019Fuente oficial