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TSJ

AS/0594/2013

Tribunal Supremo de Justicia
21 de noviembre de 2013Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Cumplimiento de obligación
Sala
Civil I
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 594/2013.

Sucre: 21 de noviembre 2013.

Expediente: O-38-13-S

Partes: María Asunción Rojas Ferrufino c/ Franklin Fernando Ayala Medrano

Proceso: Cumplimiento de obligación

Distrito: Oruro

VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 164 a 165, interpuesto por Franklin Fernando Ayala Medrano contra el Auto de Vista Nº 115/2013, cursante de fs. 160 a 162 y vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en fecha 23 de agosto de 2013, en el proceso ordinario sobre Cumplimiento de Obligación, seguido por María Asunción Rojas Ferrufino contra el recurrente Franklin Fernando Ayala Medrano; contestación de fs. 168; la concesión de fs. 171; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez Primero de Partido en lo Civil de la ciudad de Oruro, pronunció Sentencia No. 142 de 24 de agosto de 2012, cursante de fs. 109 a 112, declarando PROBADA EN PARTE la pretensión contenida en la demanda de fs. 8 de obrados formulada Víctor Agustín Quispe Magne en representación de María Asunción Rojas Ferrufino, en consecuencia se asumen las siguientes decisiones: 1.- Con lugar al cumplimiento de obligación reclamada por la parte demandante. 2.- Se dispone que el demandado Franklin Fernando Ayala Medrano cancele la suma de de $us. 51.976.66.- (cincuenta y un mil novecientos setenta y seis 66/100 dólares americanos) a favor de María Asunción Rojas Ferrufino, por concepto de intereses emergentes del documento de fecha 02 de marzo de 2005 y 25 de febrero de 2010, debiendo cumplirse lo dispuesto dentro del plazo de 3 días de ejecutoriada la presente Resolución. 3.- En caso de incumplimiento a lo dispuesto se ejecutará conforme dispone el Art. 520 I del Código de Procedimiento Civil. 4.- Se declara IMPROBADAS la excepción perentoria de falta de acción y derecho; y la excepción de extinción de la obligación formalizada por Franklin Fernando Ayala Medrano de fs. 22 a 23 de obrados.

Contra la referida Sentencia, Franklin Fernando Ayala Medrano, interpuso recurso de Apelación cursante a fs. 115 y vlta.

En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 115/2013, cursante de fs. 160 a 162 y vlta., por el que confirma la Sentencia de fecha 24 de agosto de 2012 la cual cursa a fs. 109-112 de obrados y el Auto de fecha 29 de noviembre de 2011 que cursa de fs. 31 a 31 vlta. de obrados.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte deFranklin Fernando Ayala Medrano, que se analiza.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que con la facultad conferida por el art. 250, 253 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil interpone recurso de casación en el fondo, señalando en dos puntos:

1.- Rotulando “de la omisión con referencia a los intereses pactados” refiere que en la parte considerativa del Auto de Vista, no se habría hecho referencia alguna a lo solicitado en relación a los intereses pactados, que no hubieran sido analizados a la hora de determinar dicha Resolución, describiendo que existe un recibo de caja y bancos de la Constructora Ayala cual demostraría el pago de capital, a la fecha se pretendería cobrar un monto que superaría el monto del préstamo original que habría sido cubierto y fuera de pleno consentimiento y aceptación de la acreedora como establecería el art. 317 inc. I del Código Civil.

A fs. 7 se evidenciaría documento de devolución de fecha 25 de febrero de 2010, y en la cláusula tercera, existiría el entendimiento que para la efectivización de los intereses, estos debieron ser conciliados de forma previa, resaltando que las partes se obligaban a promover una conciliación previa a cualesquier actividad judicial, y que a los fines del caso debiera demostrarse esa conciliación previa, para determinar monto para establecer un valor específico.

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Datos del proceso

Demandante
María Asunción Rojas Ferrufino
Demandado
Franklin Fernando Ayala Medrano
Proceso
Cumplimiento de obligación
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia21 de noviembre de 2013AS/0594/2013Fuente oficial