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TSJReiteradora

AS/0594/2020

Tribunal Supremo de Justicia
5 de noviembre de 2020Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

El recurrente manifiesta que el auto de vista indica que el recurso de apelación sería una disconformidad con el fallo, toda vez que el juez a quo, actuó conforme dispone el art. 172.I del Código Procesal Civil en cuanto a las tacha, sin embargo no consideró a profundidad los extremos sobre los dere...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2020

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Texto del fallo

s

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 594/2020

Sucre, 5 de noviembre de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-LP. 285/2020

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 137 y vta., interpuesto por Elsa Flora Tamayo Blanco y Alejandro Maldonado Tamayo, en representación de la Empresa Restaurant La Comedie, contra el Auto de Vista Nº 218/2019 de 10 de octubre, cursante de fs. 134 a 135, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Miriam Magne Gutiérrez, contra la empresa que representa el recurrente, sin respuesta, el Auto de fs. 141, que concedió el recurso, el Auto Nº 285/2020-A de 25 de septiembre de fs. 150 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 010/2019 de 4 de febrero de 2019, cursante de fs. 114 a 121, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la empresa demandada, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 18.984.68 por concepto de desahucio, indemnización, bono de antigüedad, más la multa del 30%, monto que deberá actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 123 y vta., la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 218/2019 de 10 de octubre, cursante de fs. 134 a 135, confirmó la sentencia apelada.

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INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Arts. 3.h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia5 de noviembre de 2020AS/0594/2020Fuente oficial