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TSJ

AS/0599/2006

Tribunal Supremo de Justicia
10 de agosto de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 599

Sucre, 10 de agosto de 2.006

DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social.

PARTES: Víctor Liendo Mazuelos c/ Honorable Alcaldía Municipal de Sucre.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 77, interpuesto por Aydée Nava Andrade, en representación de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Sucre, contra el auto de vista Nº 180/2003 de 31 de mayo de 2003 (fs. 73-74) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; dentro el proceso social seguido por Víctor Liendo Mazuelos contra la Alcaldía recurrente, el dictamen fiscal de fs. 83, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Chuquisaca, emitió la sentencia Nº33/2003 de 17 de febrero de 2003 (fs. 53-54), declarando probada en parte la demanda de fs. 15, sin costas, ordenando el pago de Bs. 3.202,00.- a favor del actor, por concepto de pago doble de aguinaldo.

En grado de apelación, por auto de vista Nº 180/2003 de 31 de mayo de 2003 (fs. 73-74), fue confirmada en todas sus partes la sentencia apelada, con costas.

Que, contra el auto de vista, la Alcaldía demandada, interpone recurso de casación en el fondo, limitándose a pedir en un memorial escueto se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, declare no ha lugar al pago de aguinaldo doble, sin señalar ni especificar norma alguna violada, interpretada o indebidamente aplicada.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Víctor Liendo Mazuelos
Demandado
Honorable Alcaldía Municipal de Sucre.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia10 de agosto de 2006AS/0599/2006Fuente oficial