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TSJ

AS/0599/2013

Tribunal Supremo de Justicia
16 de diciembre de 2013Plena
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 599/2013.

EXP. N°: 120/2013.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Interpuesto por el Alcalde Municipal de Santa Cruz de la Sierra: Percy Fernández Añez c/ Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social y la Jefatura Departamental de Trabajo

FECHA: Sucre, dieciséis de diciembre de dos mil trece.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda Contencioso Administrativa interpuesta por el Alcalde Municipal de Santa Cruz de la Sierra, representada por Percy Fernández Añez contra el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, impugnando la Resolución MT/VMESC Y COOP/DGSC/JRLE1/ELA-Nº 963/2012 de 29 de junio de 2012 y la CONMINATORIA MT/VMESC Y COOP/DGSC/JRLE1/RL-NCE Nº 014/2012 del 24 de mayo de 2012; los antecedentes del proceso; el informe del Magistrado tramitador Jorge Isaac von Borries Méndez y:

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda Contencioso Administrativa de fs. 31 a 37, esta es admitida mediante decreto de 12 de marzo de 2013 (fs. 40), disponiendo el traslado al Ministro del Trabajo, Empleo y Previsión Social para que responda dentro de término de Ley.

Que desde la diligencia de notificación de 25 de marzo de 2013 (fs. 41) a la accionante, con el proveído de admisión de la demanda, no se apersonó a instar la prosecución del proceso.

Que de conformidad al art. 309. I del Código de Procedimiento Civil, cuando en primera instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el Juez de oficio a petición de parte y sin más trámite declarará la perención de instancia.

Que en el presente caso de autos, a la fecha ha operado la perención de instancia por abandono de la acción por el tiempo transcurrido superior a los seis meses previstos en el art. 309 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad al art. 4 núm. 1) y art. 309. I del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCIÓN DE INSTANCIA POR ABANDONO DE LA ACCIÓN.

No interviene el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano y el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en viaje oficial.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Jorge Isaac von Borries Méndez

DECANO EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

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Datos del proceso

Demandante
Interpuesto por el Alcalde Municipal de Santa Cruz de la Sierra: Percy Fernández Añez
Demandado
Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social y la Jefatura Departamental de Trabajo
Proceso
Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo de Justicia16 de diciembre de 2013AS/0599/2013Fuente oficial