Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO: No 603 Sucre 14 de octubre de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y otroc/ Evelin Edna Palacios Ovando
Falsedad Ideológica y otros.
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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Jack Avila Vermeer a fojas 142 a 148, impugnando los Autos de Vista de 5 de agosto de 2004 de fojas 127 a 129 vuelta y el Complementario de fojas 133 pronunciados por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Evelin Edna Palacios Ovando por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica, falsedad material, uso de instrumento falsificado y falsificación de documento privado; los antecedentes del proceso, las leyes que se acusan de violadas e infringidas y los precedentes invocados; y
CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa del Código de Procedimiento Penal todo recurso de casación, para su admisión debe ser presentado, con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, exigencia que implica el cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
Que el querellante Jack Avila Vermeer, al interponer el recurso de casación en folios 142 a 148, acusó como vulnerados los artículos 7-a) y 31 de la Constitución Política del Estado y el artículo 398 del Código de Procedimiento Penal y puntualizó que el Tribunal de Alzada efectuó una nueva valoración de la prueba. Asimismo, al ofrecer los precedentes contenidos en los Autos Supremos Números 307 de 11 de junio de 2003 y el Número 316/2003 de 13 de junio de 2003, cumple con los requisitos formales que permiten abrir la competencia del Supremo Tribunal para el análisis de fondo del recurso referido, por lo que corresponde admitir el mismo en los términos que prevé el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal.
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