Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº : 603/2014
Fecha : Sucre, 27 de octubre de 2014
Distrito : Cochabamba
Expediente : 162/2010
Partes : Ministerio Público c/ Nataniel Vaca Mercado y Armando Medina Sánchez
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
Recurso : Casación
VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
Los Recursos de Casación planteados por Armando Medina Sánchez y Nataniel Vaca Mercado de fs. 259 a 265 vta. y 270 a 273 respectivamente, impugnando el Auto de Vista de 26 de abril de 2010, cursante de fs. 211 a 215, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy Tribunal Departamental de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Armando Medina Sánchez y Nataniel Vaca Mercado, por la presunta comisión del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33-m) de la Ley N° 1008, los antecedentes; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver los Recursos de Casación que fueron interpuestos en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 24 a 27 vta. de obrados, el Tribunal de Sentencia Primero de la Capital del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia Nº 16/2009, cursante de fs. 107 a 117 vta. de obrados, dispuso declarar a Armando Medina Sánchez y Nataniel Vaca Mercado, autores y culpables de la comisión del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33-m) de la Ley N° 1008, condenándolos a cumplir la pena de 20 años de presidio en la cárcel del Abra y multa de Bs. 300.
Que, ante la Sentencia N° 16/2009 Armando Medina Sánchez y Nataniel Vaca Mercado plantearon Recursos de Apelación Restringida, mismos que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 26 de abril de 2010 la Sala Penal Segunda de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba dictó Auto de Vista Nº 27/2010 cursante de fojas 211 a 215 de obrados, declarando Improcedentes los Recursos de Apelación Restringida interpuestos.
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Armando Medina Sánchez y Nataniel Vaca Mercado, plantearon Recursos de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONS IDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Recurso de Casación de Armando Medina Sánchez.
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos los siguientes aspectos:
Señala que, la Sentencia emitida contiene defectos referidos al art. 370 del Código de Procedimiento Penal, que no fueron tomadas en cuenta por el Tribunal de Alzada.
Posteriormente se remite a los argumentos de su Recurso de Apelación Restringida, transcribiendo la misma, refiriendo que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre los puntos llevados en Apelación.
Refiere que no existe una prueba que acredite que las sustancias controladas fueren de su propiedad, la prueba no se obtuvo de manera legal y el Tribunal de Sentencia valoró las mismas incorrectamente, existiendo también contradicción entre la parte Considerativa y Resolutiva de la Sentencia.
Petitorio: Solicitó, se Case el Recurso y disponiendo se anule obrados, dicte Sentencia Absolutoria en su favor.
Recurso de Casación de Nataniel Vaca Mercado.
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