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TSJ

AS/0603/2015

Tribunal Supremo de Justicia
8 de septiembre de 2015Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 603

Sucre, 08 de septiembre de 2015

Expediente : 326/2011-S

Demandante : Alfredo Caihuara Alarcón

Demandada : Empresa Alerta Security System

Distrito : Tarija

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 105 a 106 vta., interpuesto por Consuelo Muñoz Oller por la Empresa Alerta Security System, contra el Auto de Vista Nº 80/2011 de 25 de junio de fs. 102 a 103, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Tarija, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Alfredo Caihuara Alarcón, contra de la entidad recurrente; la respuesta de fs. 120 a 121 al mencionado recurso; el Auto de 16 de julio de 2011 cursante a fs. 121 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes del proceso

I.1.1. Sentencia

Que, tramitado el proceso por pago de beneficios sociales y derechos laborales, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la entonces Corte Superior de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia de 23 de diciembre de 2010 (fs. 82 a 83), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 8 a 10, con costas, ordenando a la entidad demandada, para que ejecutoriada que sea la Sentencia, cancele a favor de Alfredo Caihuara Alarcón, la suma de Bs.12.849,00.- (Doce mil ochocientos cuarenta y nueve 00/100 bolivianos) por concepto de indemnización, desahucio, duodécimas de aguinaldo (doble gestión 2009), recargo nocturno, salario del mes de diciembre.

I.1.2. Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs. 87 a 88 vta.), mediante Auto de Vista Nº 80/2011 de 25 de junio (fs. 102 a 103), la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, confirmó totalmente la Sentencia de 23 de diciembre de 2010 de fs. 82 a 83; con costas, conforme el art. 237.1 del Código de Procedimiento Civil (CPC), a ser reguladas en ejecución de autos.

I.2. Motivos del recurso de casación

Contra el mencionado Auto de Vista la parte demandada formuló recurso de casación en la forma (fs. 105 a 106), de cuyo contenido se extrae como motivos del mismo, los siguientes extremos:

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Criterio

"... no cabe duda que discutir la impersonería en apelación de la Sentencia, resultaba desde todo punto de vista innecesario por haber ya precluido la instancia que la Ley confiere a la parte demandada para discutir cuestiones no atingentes al fondo de la controversia, sino a cuestiones accesorias, y si la parte demandada no hizo uso oportuno de tales medios que la Ley confiere, ello no puede ser subsanado mediante el mecanismo que la Ley confiere para la impugnación de la cuestión de fondo, como ocurrió en la causa..."

Datos del proceso

Demandante
Alfredo Caihuara Alarcón
Demandado
Empresa Alerta Security System
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / No procede / Por aspectos no reclamados oportunamente
Tribunal Supremo de Justicia8 de septiembre de 2015AS/0603/2015Fuente oficial