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TSJ

AS/0605/2013

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2013Civil LiquidadoraMag. Ana Adela Quispe Cuba
Proceso
División Y Partición De Bienes Comunes
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 605

Sucre: 29 de noviembre de 2013

Expediente: SC – 155 – 08 – A

Proceso: División Y Partición De Bienes Comunes

Partes: Bonifacio Espada Salamanca c/ Felicia Fuentes Siles

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba

VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 151 a 153 interpuesto por Bonifacio Espada Salamanca, contra el Auto de Vista Nº 424 de 2 de septiembre de 2008, cursante a fojas 148 de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES COMUNES seguido por el recurrente contra Felicia Fuentes Siles, los antecedentes del proceso, la contestación al recurso extraordinario de fojas 155 a 157, el auto de concesión de fojas 158; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que, durante la tramitación del proceso el Juez de Partido Primero en materia Familiar de Santa Cruz, de fojas 127 a 128 vuelta en fecha 7 de abril del año 2008 pronunció auto definitivo indicando que en cumplimiento de lo ordenado por la Juez 4º de Instrucción de Familia, en la sentencia dentro del proceso de reconocimiento de unión libre y de hecho, declarándose improbada la misma, sin embargo reconoce existencia de bienes gananciales los cuales adquirieron durante la convivencia de los mismos, a 50% para cada uno de ellos, tales como:1. Acción telefónica de COTAS. 2. Parte de las mejoras introducidas en el inmueble del Km. 6 del barrio Calama. 3. Todo lo depositado en la cuenta corriente desde su apertura hasta mayo de 2006. Debiendo, según el artículo 463, proseguirse de acuerdo a ley.

Contra el referido auto definitivo, la demandada Felicia Fuentes Siles, interpone recurso de apelación, que tramitado el mismo, mereció el Auto de Vista Nº 424 de fecha 2 de septiembre de 2008, que corre a fojas 148, por el que se anula obrados hasta el auto de admisión saliente a fojas 20 inclusive. Con severa llamada de atención a la señora juez de la causa, por falta de control oficial oportuno del proceso.

CONSIDERANDO II:

FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.- El demandante ante la resolución de vista interpone recurso extraordinario de casación en el fondo, con argumentos que a continuación se resumen:

Que el auto de vista impugnado al anular el auto definitivo, obro de forma sui generis y complaciente para con la demandada, resolución de vista que ataca una sentencia (del Juzgado 4º de Instrucción de Familia) de un proceso concluido y ejecutoriado, cuando simplemente debía hacérsela cumplir. Además, continúa en su memorial, que la mencionada sentencia ejecutoriada adquirió calidad de cosa juzgada, entonces no puede ser revisada sino por el recurso extraordinario de revisión de sentencia. Perjudicándolo y causándole un daño económico, al no reconocérsele su derecho a la división y partición de los bienes gananciales.

Termina manifestando que con este fallo se han violentado sus derechos, conculcando una sentencia ejecutoriada así como el artículo 159 del código de familia, pidiendo al tribunal de alzada conceder el presente recurso de casación en el fondo y solicita al Tribunal Supremo case totalmente el auto de vista recurrido y falle en lo principal del litigio, declarando los bienes gananciales que se detallan en la parte resolutiva del auto definitivo de 7 de abril de 2008.

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Datos del proceso

Demandante
Bonifacio Espada Salamanca
Demandado
Felicia Fuentes Siles
Proceso
División Y Partición De Bienes Comunes
Magistrado relator
Ana Adela Quispe Cuba
Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2013AS/0605/2013Fuente oficial