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TSJ

AS/0607/2024

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 607

Sucre, 14 de agosto de 2024

Expediente: 408-2024

Demandante: José Ferrufino Veizaga

Demandado: Empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fs. 971 a 976, interpuesto por José Ferrufino Veizaga, contra el Auto de Vista N° 287/2023 de 26 de diciembre, de fs. 958 a 964 y el Auto de 25 de marzo de 2024, de fs. 968, que rechazó la solicitud de complementación y enmienda, emitidos por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de reliquidación de beneficios sociales y derechos laborales, interpuesto por el recurrente, contra la empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL; el Auto de 2 de mayo de 2024 de fs. 979, que concedió el recurso; la contestación extemporánea de fs. 981 a 983; el Auto Interlocutorio N° 166/2024 de 28 de mayo, de fs. 990 a 991, que admitió el recurso de casación interpuesto y todo lo que en materia fue pertinente analizar:

CONSIDERANDO I

I. ANTECEDENTES PROCESALES

I.1. Sentencia.

El Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia de 23 de marzo de 2022, de fs. 909 a 914, declarando PROBADA en parte, la demanda de fs. 52 a 65, aclarada a fs. 68 y subsanada de fs. 71, en lo que respecta al pago de primas.

Disponiendo que, la empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL, pague a favor del demandante José Ferrufino Veizaga la suma de Bs.60.270,20 conforme la siguiente liquidación:

Tiempo de servicios: 11 años, 1 mes y 24 días.

Salario promedio indemnizable: Bs.10.890,48

Primas por utilidades

Gestiones

2007…………………………….Bs.10.890,48

2008 (prorrata)……………..Bs.782,87

2009 (prorrata)……………..Bs.863,08

2010 (prorrata)……………..Bs.567,96

2011…………..………………..Bs.10.890,48

2012…………..……………..Bs.10.890,48

2013…………..……………..Bs.10.890,48

2014 (prorrata)……………Bs.827,28

2015 (prorrata)……………Bs.1.287,54

2016 (prorrata)……………Bs.1.489,07

2017…………..………………Bs.10.890,48

TOTAL………...............Bs.60.270,20

Más la actualización y la multa prevista en el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.2. Auto de Vista.

En conocimiento de la sentencia, la empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL, interpuso recurso de apelación de fs. 927 a 930, a su turno, el actor José Ferrufino Veizaga, formuló recurso de apelación de fs. 398 a 942, ambos recursos fueron resueltos por el Auto de Vista N° 287/2023 de 26 de diciembre, de fs. 958 a 964, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que REVOCÓ en parte la sentencia emitida en primera instancia; modificando el pago de prima anual a prorrata de las gestiones 2007, 2011, 2012 y 2013, determinando suprimir el pago de la prima anual en la gestión 2017 e imponiendo el pago de costas a favor del demandante; disponiendo que, la empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL, pague a favor del demandante José Ferrufino Veizaga, la suma de Bs.10.117,27 conforme la siguiente liquidación:

Tiempo de servicios: 11 años, 1 mes y 24 día.

Salario promedio indemnizable: Bs.10.890,48

Primas por utilidades

Gestiones

2007…………………….Bs.1.000.30

2008…………………….Bs.782,87

2009…………………….Bs.863,08

2010 ……………………Bs.567,96

2011…………..…….....Bs.1.877,86

2012…………..………..Bs.522,19

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Datos del proceso

Demandante
José Ferrufino Veizaga
Demandado
Empresa Acevedo & Asociados Consultores de Empresas SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2024AS/0607/2024Fuente oficial