Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 610/ 2013
Sucre: 28 de noviembre 2013
Expediente: SC-91-13-S.
Partes: Cristina Valencia Rodríguez c/ Hugo Antelo Zankys, Julio Alvarado,
Mirtha Rojas de Zankys y presuntos propietarios
Proceso: Usucapión.
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 134 a 135, interpuesto por Hugo Antelo Sankys contra el Auto de Vista Nº 267/2011 de fecha 21 de noviembre de 2011, cursante de fs.122 a 123 y vta., emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre usucapión seguido por Cristina Valencia Rodríguez contra Hugo Antelo Zankys, Julio Alvarado, Mirtha Rojas de Zankys y presuntos propietarios, la respuesta de fs.152 a 153 y vta.; la concesión de fs.154; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido en Materia Civil y Comercial Décimo Segundo de la ciudad de Santa Cruz, el 31 de mayo de 2010, pronunció la Sentencia Nº 18, cursante de fs. 81 a 82, declarando probada la demanda de usucapión extraordinaria de fs. 10 a 10 vta. y su complementación de fs. 28 y vlta. Interpuesta por Cristina Valencia Rodríguez, declarándola en consecuencia única y legítima propietaria de inmueble ubicado en la Zona Este, U.V.99, Mza. 8, lote Nº 21, con una superficie de 413 ms.2, lote de terreno en el que con sus propios recursos económicos ha mandado construir mejoras disponiendo que se le ministre posesión real, corporal y judicial así como se le franquee las piezas principales para que el mismo sea inscrito en Derechos Reales.
Contra esa Resolución de primera instancia, Hugo Antelo Sankys, apersonándose al proceso, interpuso Recurso de Apelación de fs. 95 a 96, que tramitado emitió Auto de Vista Nº 267/2011 de fecha 21 de noviembre de 2011 que corre de fs. 222 a 223 y vta. que confirmó totalmente la Sentencia Apelada.
Contra esa Resolución de segunda instancia, Hugo Antelo Sankys, mediante memorial de fs. 134 a 135 recurrió de casación en el fondo, mismo que se considera.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
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