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TSJ

AS/0613/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
10 de julio de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Acción Negatoria y otros.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 613/2018-RA

Sucre: 10 de julio de 2018

Expediente: O-29-18-S

Partes: Sociedad Croata de Socorros Mutuos c/ Gladys Arghata Chambi de Baltazar y otros.

Proceso: Acción Negatoria y otros.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 570 a 574, interpuesto por Gladys Arghata Chambi de Baltazar y Margot Arghata Chambi de Veliz en representación de Henrry Omar Arghata Chambi, Sonia Alina Arghata Chambi y Marina Arghata Chambi; contra el Auto de Vista Nº 70/2018 de fecha 17 de mayo, cursante de fs. 556 a 567, pronunciada por la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de acción negatoria y otros seguido por Sociedad Croata de Socorros Mutuos representado por Oscar Gonzalo Nigoevic Heredia en contra de los recurrentes; la contestación al recurso de casación de fs. 578 a 580 vta.; el Auto de concesión del recurso de fecha 26 de junio de 2018, cursante en fs. 581; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base al memorial de demanda de fs. 25 a 27, la Sociedad Croata de Socorros Mutuos representado por Oscar Gonzalo Nigoevic Heredia inició proceso ordinario sobre ordinario sobre acción negatoria y otros; acciones que fueron dirigidas contra Gladys Arghata Chambi de Baltazar y otros, quienes, una vez citados, por memorial de fs. 45 a 47, 61 a 63 vta., y 179 a 180 vta., contestaron negativamente e interpusieron excepción de oscuridad e imprecisión de la demanda y acción reconvencional de daños emergentes por paralización de construcción; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 22/2017 de fecha 12 de abril, cursante de fs. 502 a 509 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 8 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro declaró IMPROBADA la demanda principal; y PROBADA la pretensión reconvencional.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Sociedad Croata de Socorros Mutuos representado por Oscar Gonzalo Nigoevic Heredia, mediante memorial de fs. 513 a 519 vta.; la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 70/2018 de fecha 17 de mayo, cursante de fs. 556 a 567, ANULANDO obrados hasta fs. 268.

3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación por Gladys Arghata Chambi de Baltazar y Margot Arghata Chmabi de Veliz en representación de Henrry Omar Arghata Chambi, Sonia Alina Arghata Chambi y Marina Arghata Chambi mediante el memorial de fs. 570 a 574, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho para su viabilidad y procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 y los requisitos establecidos en los art. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Sociedad Croata de Socorros Mutuos
Demandado
Gladys Arghata Chambi de Baltazar y otros.
Proceso
Acción Negatoria y otros.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia10 de julio de 2018AS/0613/2018-RAFuente oficial