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TSJ

AS/0616/2015-L

Tribunal Supremo de Justicia
3 de agosto de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Nulidad de contrato de venta y prescripción de deuda.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 616/2015 – L

Sucre: 03 de agosto 2015

Expediente: CB-73-10-S

Partes: Jesús Oliva Mercado. c/ Neyde Oliva Mercado.

Proceso: Nulidad de contrato de venta y prescripción de deuda.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Jesús Oliva Mercado de fs. 699 a 701 vta., impugnando el Auto de Vista de fecha 24 de agosto de 2010, cursante de fs. 695 a 696 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Nulidad de contrato de venta y prescripción de deuda, seguido por el recurrente contra Neyde Oliva Mercado, la concesión de fs. 706, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el Juez de Partido Primero en lo Civil, en fecha 10 de agosto 2009 emitió Sentencia cursante de fojas 629 a 633, declarando, Probada en parte la demanda de fs. 7-8, declarando nulo y sin valor legal alguno la escritura pública Nº 1356/2000 de 27 de noviembre de 2000, por medio del cual Neyde Oliva Mercado otorga en calidad de anticipo de legítima, el lote de terreno ubicado en la zona de Chilimarca, cantón Tiquipaya de la provincia Quillacollo con una extensión superficial de 323.89 mts2 registrado en Derechos Reales a fs. 4516, Ptda. 4516 del Libro Primero de Propiedad de la provincia Quillacollo a hrs 15:50 de 05 de diciembre de 2000, así como la reserva de usufructo que se encuentra registrado en las Oficinas de Derechos Reales bajo fs. 2491 Ptda. 2491 del Libro Segundo de Gravámenes de la provincia Quillacollo, debiendo procederse a su cancelación. Probada la acción reconvencional en consecuencia se declara resuelto el documento privado de fecha 07 de abril de 1998 por el que la demandada otorgó en calidad de compromiso de venta el lote de terreno ubicado en la zona de Chilimarca entre la calles Bilbao Rojas y Los Pinos, cantón Tiquipaya de la provincia Quillacollo de este departamento, disponiendo que el demandante dentro del plazo de 10 días de ejecutoriada la sentencia entregue el inmueble a Neyde Oliva Mercado, más el pago de daños y perjuicios ocasionados en favor de la demandada y reconvencionista, originados por el incumplimiento del contrato, averiguables en ejecución de sentencia y que deberán ser cubiertos con el adelanto entregado en calidad de anticipo; asimismo se dispuesto que en la misma etapa se proceda a la averiguación del valor de las construcciones y mejoras realziadas en el inmueble, consto que deberá ser devuelto por Neyde Oliva a Jesús Oliva, debiendo conciliarse los referidos montos y en sus caso devolver igualmente a favor de Jesús Oliva el dinero restante.

Contra la indicada resolución, interpuso recurso de apelación la parte demandante al igual que la demandada, en base de dichos recursos, la ex Corte Superior de Justicia de Cochabamba emitió Auto de Vista, donde, en consideración al recurso de apelación presentado por Jesús Oliva Mercado, Anuló el auto de concesión de alzada de 20 de octubre de 2009 y declaro ejecutoriado la sentencia apelada. Por otro lado, en base al recurso de apelación presentado por la demandada, Confirmó la Sentencia y auto complementario de 16 de septiembre de 2009.

Resolución de segunda instancia que dio lugar al recurso de casación en el fondo presentado por la parte actora, recurso que se analiza.

CONSIDERANDO II:

Mostrando 15 de 29 parrafos.

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Criterio

"... su argumentación a consideraciones de fondo que en el caso de autos no corresponden en virtud a la naturaleza anulatoria de la resolución de Alzada, como se tiene expuesto supra, lo que correspondía era la interposición del recurso de casación en la forma a fin de que éste Tribunal Supremo de Justicia invalide esa resolución y disponga que el Tribunal de Alzada emita un nuevo Auto de Vista..."

Datos del proceso

Demandante
Jesús Oliva Mercado.
Demandado
Neyde Oliva Mercado.
Proceso
Nulidad de contrato de venta y prescripción de deuda.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva / Por equivocar el planteamiento del recurso de casación en la forma y el fondo
Tribunal Supremo de Justicia3 de agosto de 2015AS/0616/2015-LFuente oficial