Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 616/2016-RA
Sucre: 09 de junio /2016
Expediente: LP-77-16-A
Partes Julia Victoria Valenzuela Lima. c/ Gualberto Romero Valenzuela Escobar.
Proceso: Nulidad de Escrituras.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 166 a 167, formulado por Julia Victoria Valenzuela Lima, a través de su apoderado legal Daniel Ezequiel Calatayud Muñoz contra el Auto de Vista Nº 88/2015 de fecha 02 de abril de 2015, de fs. 161 a 163, pronunciado por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, en el proceso de Nulidad de Escrituras seguido por Julia Victoria Valenzuela Lima en contra de Gualberto Romero Valenzuela Escobar; la contestación de fs. 173 a 174, la concesión de fs. 177, el Auto de remisión de fs. 182, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Instrucción Civil de la ciudad de La Paz, pronunció Auto de fecha 12 de agosto de 2014, resolución por el cual dispone, la citación con los actuados pertinentes del presente proceso a María Luisa Castaños Calle, en su calidad de adjudicataria judicial del inmueble ubicado en Villa Victoria Nº. 26, Manzano 59 y a Edmundo Valenzuela Vargas en su calidad de acreedor hipotecario y sea con todas las formalidades de rigor.
Fallo que es recurrido de apelación por Edmundo Valenzuela Vargas, por memorial de fs. 135 a 136 vta., que mereció el Auto de Vista Nº 88/2015 de fecha 02 de abril de 2015, de fs. 161 a 163, que, Anula obrados; fallo que a su vez es recurrido de casación por Julia Victoria Valenzuela Lima.
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