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TSJ

AS/0616/2024

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 616

Sucre, 14 de agosto de 2024

Expediente: 475-2024

Demandante: Kathya Alejandra Aguilar Fiorilo

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Pando

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fs. 158 a 160 y vuelta, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representada por Gladys Mabel Ortega Tala, contra el Auto de Vista de 26 de abril de 2024, de fs. 153 a 154 y vuelta, emitida por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de pago de beneficios y derechos laborales, interpuesto por Kathya Alejandra Aguilar Fiorilo contra la entidad Municipal recurrente; la contestación de contrario de fs. 164 a 166; el Auto Nº 240/2024 de 22 de mayo de fs. 167, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio Nº 227/2024 de 18 de junio, de fs. 180 a 181 y vuelta, que admitió el recurso de casación y todo lo que en materia fue pertinente analizar:

CONSIDERANDO I

I.1. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia.

La Juez de Trabajo y Seguridad Social Nº 2 de Cobija, emitió la Sentencia N° 144/2023 de 17 de octubre, de fs. 125 a 126 y vuelta, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 118 y vuelta, sin costas; disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, a través de su representante, pague a favor de Kathya Alejandra Aguilar Fiorilo, la suma de Bs.41.428,37 por concepto de subsidio de frontera, conforme a la siguiente liquidación:

Subsidio de frontera: Gestión 2010 (6 meses y 24 días) Bs.6.120,00

Gestión 2011 (11 meses y 28 días) Bs.8.353,33

Gestión 2012 (5 meses y 12 días) Bs.3.780,00

Gestión 2013 (10 meses) Bs.7.000,00

Gestión 2014 (11 meses y 29 días) Bs.10.072,00

Gestión 2015 (4 meses y 29 días) Bs.6.103,04

I.2. Auto de Vista.

En conocimiento de la sentencia, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, a través de su representante, interpuso el recurso de apelación de fs. 133 a 134, que fue resuelto por el Auto de Vista de 26 de abril de 2024, de fs. 153 a 154 y vuelta, emitida por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que CONFIRMÓ la sentencia recurrida.

I.3. Recurso de casación.

Notificado con el auto de vista, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija (GAM de Cobija), a través de su representante, formuló el recurso de casación de fs. 158 a 160 y vuelta, argumentando que:

El Tribunal de Alzada en el auto de vista impugnado, no realizó un análisis exhaustivo, ni valoró las pruebas aportadas al proceso por el GAM de Cobija, como tampoco, aplicó las disposiciones normativas que rigen en las instituciones públicas como las Leyes Nº 1178 y Nº 2027, el Decreto Supremo Nº 0181 y “otras”, consecuentemente, se causó agravios económicos a la institución y por ende al Estado; asimismo, desconoció los artículos 108 y 119 de la Constitución Política del Estado.

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Datos del proceso

Demandante
Kathya Alejandra Aguilar Fiorilo
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2024AS/0616/2024Fuente oficial