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TSJ

AS/0623/2024

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 623

Sucre, 14 de agosto de 2024

Expediente: 434-2024

Demandante: Mariela Sonco Morales

Demandado: Empresa de Limpieza “SIE”

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fojas 114 a 116, deducido por la empresa de Limpieza “SIE”, representado por Juan Pablo Padilla, impugnando el Auto de Vista N° 369/2023 de 25 de octubre, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fojas 107 a 111), dentro del proceso social de cobro de beneficios y derechos laborales, seguido por Mariela Sonco Morales contra la empresa recurrente; la contestación (fojas 119 a 121); el Auto de 7 de mayo de 2024 (fojas 122), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio Nº 192/2024 de 10 de junio, que admitió el recurso (fojas 128 a 129), los antecedentes del proceso y todo cuanto fue pertinente analizar:

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso.

Sentencia.

Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Nº 1 de Cochabamba, emitió la Sentencia de 4 de julio de 2022 (fojas 83 a 89), declarando PROBADA la demanda.

En consecuencia, dispuso que la empresa demandada, pague a favor de la demandante, los beneficios sociales demandados, de acuerdo a la siguiente liquidación:

Sueldo promedio indemnizable: Bs.1.061.-

Tiempo de trabajo: 3 años, 8 meses Y 15 días.

Indemnización: Bs. 3.934,38.-

Desahucio: Bs. 3.183,00.-

Aguinaldo: Bs. 2.122,00.-

Vacación: Bs. 530,40.-

Salario devengado: Bs. 2.122,00.-

Reajuste o reintegro a SMN: Bs. 62,00.-

TOTAL Bs. 11.953,78.-

Monto determinado que deberá ser cancelado más lo que corresponda a la actualización y multa que señala el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que se calificará en ejecución de sentencia, con costas y costos.

I.2. Auto de Vista.

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Datos del proceso

Demandante
Mariela Sonco Morales
Demandado
Empresa de Limpieza “SIE”
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2024AS/0623/2024Fuente oficial