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TSJ

AS/0638/2004

Tribunal Supremo de Justicia
20 de octubre de 2004Penal IMag. Héctor Sandoval Parada
Proceso
Sala
Penal I
Año
2004

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO: No 638 Sucre 20 de octubre de 2004

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público c/ Demetrio Tijo Fernández y otro

Transporte de Sustancias Controladas

MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Mauricio Yupanqui Cueva a fs. 359-361, impugnando el Auto de Vista de 23 de octubre de 2003 de fs. 341 y vlta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Demetrio Tijo Fernández y el recurrente, por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO: que de obrados se evidencia que por sentencia de fs. 243-250, el imputado Mauricio Yupanqui Cueva conjuntamente Demetrio Tijo Fernández, han sido declarados autores y culpables del delito de transporte de sustancias controladas, incurso en la sanción del art. 55 de la Ley N° 1008, condenándolos a cada uno a la pena de diez años de privación de libertad en presidio y demás sanciones de ley.

Que promovida la apelación restringida por el procesado Mauricio Yupanqui Cueva, la Corte de alzada mediante A.V., de 23 de octubre de 2003 de fs. 341 y vlta, declaró admisible el recurso de apelación venido a fs. 257-259, e improcedente la cuestión planteada, y definitivamente confirma la sentencia apelada N° 11/2003, dictada por el Tribunal de Sentencia de la Localidad de Achacachi, cursante a fs. 243-250.

Que contra el A.V. aludido, Mauricio Yupanqui Cueva recurre de casación a fs. 359-361, aduciendo que el auto que impugna está en contradicción con el precedente relativo al auto de vista de 3 de junio de 1997, de fs. 346-347, mediante el cual la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Sebastiana Rodríguez Rojas y Juana Rocabado Zegarra, confirma la sentencia apelada de fs. 98-100, en cuanto a la primera nombrada, y Revoca en cuanto a la procesada Juana Rocabado Zegarra, absolviéndola de culpa y pena, con referencia al delito de transporte de sustancias controladas en grado de complicidad en la tentativa en observancia del art. 244-1) del Código de Procedimiento Penal.

Que paralelamente al contradictorio ya referido, el recurrente acompaña la Sentencia Constitucional N° 1041/2003-R, de 26 de septiembre de 2003 a fs. 349-358, que en su parte sustancial aclara, "que si bien el fin que se persigue con el recurso de casación es el de uniformar la jurisprudencia, en forma consecuencial, instituido como está el recurso, se constituye en un mecanismo idóneo de defensa, al que las partes tienen el derecho a acceder, en los términos establecidos en la ley".

Por último, en base a lo anterior solicita al Supremo Tribunal que mediante Auto Supremo revoque la injusta sentencia, de 23 de mayo de 2003, tomando en cuenta el precedente invocado; elemento éste que motivó para que el Supremo Tribunal dicte el A. S. de admisión de fecha de 6 de abril de fojas 365.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Demetrio Tijo Fernández y otro
Magistrado relator
Héctor Sandoval Parada
Tribunal Supremo de Justicia20 de octubre de 2004AS/0638/2004Fuente oficial