Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0638/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
1 de julio de 2019CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
Nulidad de contrato y otros.
Sala
Civil
Año
2019

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 638/2019-RA.

Fecha: 01 de julio de 2019

Expediente: CH-36-19-S.

Partes: Gladys Zarate Peralta c/ Darwin Fortun Zarate y otros.

Proceso: Nulidad de contrato y otros.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 416 a 418 vta., interpuesto por Gladys Zarate Peralta contra el Auto de Vista N° S.C.C. II 99/2019 de fecha 15 de mayo, cursante de fs. 404 a 406, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de nulidad de contrato y otros, seguido por la recurrente contra Darwin Fortun Zarate y otros, el Auto de concesión de fecha 19 de junio de 2019 cursante a fs. 439, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 66 a 70, ratificada de fs. 158 a 159 vta., Gladys Zarate Peralta inició proceso ordinario de nulidad de contrato, resolución de contrato, y rescisión de contrato por efecto de lesión, acción dirigida contra Darwin Fortun Zarate y otros, quienes una vez citados, mediante memoriales cursantes a fs. 188 y vta., y de fs. 190 a 198 contestaron negativamente la demanda y formularon excepciones; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 71/2018 de fecha 23 de mayo, cursante de fs. 321 vta., a 335, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Sucre, declaró IMPROBADA la demanda incoada por Gladys Zarate Peralta, de nulidad de contrato, resolución de contrato, y rescisión de contrato por efecto de lesión, con imposición de costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Gladys Zarate Peralta mediante memorial cursante de fs. 337 a 339 vta., la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista N° S.C.C. II 99/2019 de fecha 15 de mayo, cursante de fs. 404 a 406, CONFIRMANDO totalmente la sentencia. Con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Gladys Zarate Peralta según memorial cursante de fs. 416 a 418 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Gladys Zarate Peralta
Demandado
Darwin Fortun Zarate y otros.
Proceso
Nulidad de contrato y otros.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia1 de julio de 2019AS/0638/2019-RAFuente oficial