Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 643
Sucre, 8 de noviembre de 2021
Expediente : 427/2021-S
Demandante : Benjamín Copa Condo
Demandado : Empresa Publicidad e Impresiones GENESIS Y COMPAÑIA
Proceso : Pago de Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la Empresa Publicidad e Impresiones GENESIS COMPAÑIA representada por Gustavo Rudy Delgadillo Pacheco de fs. 592 a 599, contra el Auto de Vista Nº 029/2021 de 29 de enero, de fs. 587 a 590 emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Benjamín Copa Condo, contra la empresa recurrente; el Auto N° 268/2021 de 08 de junio, que concedió el recurso; el Auto de 04 de agosto de 2021 a fs. 658, que admitió el recurso de casación interpuesto y todo cuanto fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de ciudad de La Paz cumpliendo la nulidad determinada por Auto de Vista N° 198/2016 SSA-I de 3 de noviembre de 2016 de fs. 505 y Auto Supremo de N° 323/2018 de 15 de octubre de 2018 de fs. 527 a 529, emitió la Sentencia N° 104/2019 de 13 de septiembre de fs. 554 a 559, por la que declaró PROBADA en parte la excepción perentoria de prescripción, IMPROBADA la excepción perentoria de pago, RECHAZANDO la excepción de falta de acción y derecho y declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 14 y 15, subsanada a fs. 17, disponiendo que la empresa demandada cancele a favor de Benjamín Copa Condo Bs. 126.923,55.- por concepto de indemnización, bono de antigüedad, vacaciones, aguinaldo, salarios devengados y multa del 30%.
Auto de Vista:
Interpuesto el recurso de apelación promovido por la empresa demandada, el Tribunal de alzada conformado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 029/2021 de 29 de enero, de fs. 587 a 590, CONFIRMÓ la Sentencia N° 104/2019 de 13 de septiembre, de fs. 554 a 559.
II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el indicado Auto de Vista, la empresa demandada formuló recurso de casación en el fondo y en la forma, conforme a los argumentos siguientes:
1. Alegó que la prueba documental presentada, demuestra de manera inequívoca la inexistencia de sustitución de patronos; al contrario, se comprueba la existencia de la relación laboral a partir de junio de 1998 hasta la renuncia voluntaria presentada el 23 de abril de 2009, periodo que corresponde a la empresa publicidad e Impresión GENESIS Y COMPAÑÍA, habiéndose incumplido los arts. 60-3-h) y 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
2. Señaló que el Auto de Vista infringió el art. 218 de Código Procesal Civil (CPC-2013), dejó de considerar que se modificó la estructura de las empresas MUNDY COLOR SRL y MILENIUM SRL, donde la actividad económica y objeto de las empresas eran distintas, el demandante no tuvo las mismas condiciones de trabajo, fotomecánico y posteriormente jefe de taller, no se produjo sustitución de empleador, cancelando todos los derechos laborales la empresa MUNDY COLOR SRL respaldado por el finiquito cancelado a fs. 344.
3. Indicó también que, el Auto de Vista incurrió en infracción del art. 265-I del CPC-2013, al no responder fundadamente por qué no se consideró la prueba documental aportada.
4. Denunció de incongruente entre la parte motivadora con la parte resolutiva, porque por un lado se fundamentó que la prescripción es hasta el 7 de febrero de 2007 y por otra se resolvió concediendo derechos laborales de gestiones anteriores, desde el 6 de noviembre de 1992, infringiendo el art. 218 del CPC-2013.
Petitorio:
Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, emita Auto Supremo casando en parte el Auto de Vista N° 029/2021 de 29 de enero, declarando improbada en parte la demanda interpuesta, disponiendo el pago de los beneficios sociales sólo en cuanto corresponde a la empresa Publicidad e impresiones GENESIS Y COMPAÑÍA, sea a partir del 25 de junio de 1998.
Contestación:
El demandante contestó el recurso de casación alegando que, la empresa demandada intenta desconocer los derechos laborales sin demostrar infracción de Leyes, con el propósito de soslayar el pago de los beneficios sociales que por derecho corresponde.
Admisión:
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