Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO : No. 644/2014.
Fecha : Sucre, 4 de noviembre de 2014.
Expediente : 110/10.
Distrito : Santa Cruz.
Partes : Ministerio Público c/ Aniceta Camacho
Calizaya, Hermógenes León, Pedro Villca Tellez y Benito Pérez López.
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas.
Recurso : Casación.
VISTOS: (Del Recurso en cuestión).
El Recurso de Casación planteado por Aniceta Camacho Calizaya, de fs. 665 a 677, impugnando el Auto de Vista No. 29 de 24 de marzo de 2010, pronunciado por la Sala Penal Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (ahora Tribunal Departamental de Justicia), dentro del Proceso Penal seguido por el Ministerio Público, contra Aniceta Camacho Calizaya, Hermógenes León, Pedro Villca Tellez y Benito Pérez López; por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 concordante con el 33 inc. m) de la Ley No. 1008; los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 20 a 26, el Tribunal de Sentencia Segundo de la capital del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 52/2009 de 12 de octubre de 2009, cursante de fojas 608 a 6015 vta., dispuso declarar a Aniceta Camacho Calizaya, autora y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto por el art. 48 con relación al art. 33-m) de la Ley No. 1008, condenándola a la pena de 10 (diez) años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel Pública de Palmasola) más 300 días multa a razón de Bs. 1.- por día y pago de costas a calificarse en ejecución de Sentencia.
Ante la indicada Sentencia, Aniceta Camacho Calizaya, interpone Recurso de Apelación Restringida cursante de fojas 626 a 640 vta., que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, la Sala Penal Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó el Auto de Vista No. 29 de 24 de marzo de 2010, cursante de fs. 650 a 653, por el que se declara Admisible e Improcedente la Apelación restringida interpuesta por Aniceta Camacho Calizaya.
Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Aniceta Camacho Calizaya, plantea Recurso de Casación contra el indicado Auto de Vista, de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación).
Mostrando 18 de 35 parrafos.