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TSJ

AS/0647/2024

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 647

Sucre, 14 de agosto de 2024

Expediente: 460-2024

Demandante: Yolanda Santos Limachi

Demandado: Empresa Industrias de Plásticos Cochabamba

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma, de fs. 309 a 311 y vuelta, interpuesto por la Empresa Industrias de Plásticos Cochabamba representada por Jaime Ponce Ovando, impugnando el Auto de Vista N° 014/2024 de 18 de marzo fs. 298 a 302 y vta., emitido por la Sala Social, Administrativa segunda, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Yolanda Santos Limachi contra la Empresa Industrias de Plásticos Cochabamba; el Auto de 27 de mayo de 2024 de fs. 315 por el que se concedió el recurso, el Auto Interlocutorio N° 217/2024 de 17 de junio que admitió el recurso fs. 321 a 322, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.

Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 21/2022 de 4 de abril fs. 271 a 280 vta., declarando:

1.-PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 5 a 8, aclarada a fojas 14, en lo que corresponde a la indemnización, desahucio, primas, vacación y multa e IMPROBADA la solicitud de pago de aguinaldo, salario devengado, horas extras y recargo nocturno.

2.- IMPROBADA la excepción de pago documentado.

En consecuencia, dispuso que la demandada, Industria de Plásticos Cochabamba, a través de su representante legal, pague, a favor de la demandante, los beneficios sociales y derechos que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:

PERÍODO DE TRABAJO: 10 de febrero de 2010 al 02 de enero de 2019

TIEMPO DE DURACIÓN RELACIÓN LABORAL: 5 años, 10 meses y 23 días.

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 3.051.-

Indemnización

Bs. 27.145.-

Desahucio

Bs. 9.153.-

Vacaciones

Bs. 2.034.-

Primas

Bs. 24.408.-

Reduccion

Bs. - 2.000.-

MONTO TOTAL A CANCELAR

Bs. 60.740.-

Dispuso asimismo, que el monto determinado deberá ser actualizado, así como se deberá añadir la multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.2. Auto de Vista.

En grado de apelación promovido por la representación de la empresa demandada, por Auto de Vista Nº 014/2024 de 18 de marzo (fojas 298 a 302), la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso-Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia N° 21/2022 de 04 de abril (fojas 271 a 280), con las siguientes modificaciones.

Indemnización

Bs. 27.145.-

Desahucio

Bs. 9.153.-

Vacaciones

Bs. 2.034.-

Primas Gestiones 2011, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.

Bs. 21.357.-

Sub total a cancelar

Bs. 59.689.-

Menos pago a cuenta

Bs. - 5.000.-

MONTO TOTAL A CANCELAR

Bs. 54.689.-

Asimismo, dispuso que el monto determinado deberá ser actualizado, así como se deberá añadir la multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

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Datos del proceso

Demandante
Yolanda Santos Limachi
Demandado
Empresa Industrias de Plásticos Cochabamba
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2024AS/0647/2024Fuente oficial