Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 649/2014 Sucre, 13 de noviembre de 2014
Expediente : La Paz 142/2014
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Honorio Chuquimia Apaza y otros
Delito : Estelionato
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RESULTANDO
La excusa formulada por la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina en el proceso seguido por el Ministerio Público contra Honorio Apaza Chuquimia y otros por la presunta comisión del delito de Tentativa de Homicidio y otros, y:
CONSIDERANDO: Que conforme consta a fojas 1.129, la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina formuló excusa señalando que se encuentra comprendida en la causal establecida por el art. 316 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, en razón de que ejerció funciones como Jueza de Instrucción Mixto y Cautelar de Puerto Carabuco en el Distrito Judicial de La Paz, y que en tal calidad, fue convocada, en suplencia legal, por el Juzgado de Instrucción Mixto Cautelar de Chuma y por ello, conoció la causa. Al efecto, adjuntó copia del Auto Interlocutorio N° 22/2009 de 8 de abril, con el que resolvió la solicitud de medidas cautelares presentada por el Ministerio Público contra los imputados, hoy recurrentes.
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