Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 650/2013
Sucre: 11 de diciembre de 2013
Expediente: CB-103-13-S
Partes: María Antonieta Montecinos Quinteros en representación de la Iglesia
Evangélica Pentecostal de Bolivia c/ Sergio Huarachi Nina, René Rivero
Mamani, Dionicio Apaca Juaniquina y Norberto Villca Villca.
Proceso: Ordinario de nulidad de actuaciones, devolución de bienes inmuebles,
devolución de documentación y devolución de dineros
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por María Antonieta Montecinos Quinteros en representación de la Iglesia Evangélica Pentecostal de Bolivia contra el Auto de Vista Nº 143 de 15 de julio de 2013, cursante de fs. 1170 a 1172 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de nulidad de actuaciones, devolución de bienes inmuebles, devolución de documentación y devolución de dineros seguido a instancias de la recurrente contra Sergio Huarachi Nina, René Rivero Mamani, Dionicio Apaca Juaniquina, Norberto Villca Villca, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, María Antonieta Montecinos Quinteros deduce demanda ordinaria de nulidad de actuaciones, devolución de bienes inmuebles, de documentación y de dinero en contra de Sergio Huarachi Nina, René Rivero Mamani, Dionicio Apaca Juaniquina, Norberto Villca Villca, demanda que admitida y citados legalmente los señalados demandados, responden negativamente a la acción, oponen excepción de falta de acción y derecho, en los términos expuestos en el memorial de respuesta de fs. 129 a 131 y vlta.
Tramitado el proceso, el Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la Capital pronunció la Sentencia de 17 de noviembre del 2009 (fs. 483 a 488 y vlta.) declarando probada la demanda principal e improbadas las excepciones perentorias de falta de acción y derecho, sin costas, ocasionando que los demandados Sergio Huarachi Nina, René Rivero Mamani, Dionicio Apaca Juaniquina, Norberto Villca Villca interpongan recurso ordinario de Apelación de fs. 993 a 1003 y vlta., el cual es resuelto por Auto de Vista No. 143 de 15 de julio de 2013, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante el cual anula obrados con reposición hasta la admisión de la demanda cursante a fs. 96. Contra esta última Resolución, María Antonieta Montecinos Quinteros en representación de la Iglesia Evangélica Pentecostal de Bolivia, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo y que es motivo de Autos.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Del recurso de casación en la forma.
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