Volver a jurisprudencia
TSJReiteradora

AS/0650/2018-RI

Tribunal Supremo de Justicia
18 de julio de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva

El recurrente señala que el Tribunal de alzada violó los arts. 56 y 115. I y II de la Constitución Política del Estado, y art. 105 del Código Civil Sustantivo en lo que se refiere al derecho a la propiedad privada, debido a que injustificadamente se le ha privado a la recurrente del derecho sobre el...

Proceso
RECURSO DE CASACION/ORDINARIO/MEJOR DERECHO PROPIETARIO Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN DERECHOS REALES
Sala
Civil
Año
2018

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 650/2018-RI

Sucre: 18 de julio de 2018

Expediente: SC-88-18-S

Partes: Ely Cárdenas Figueroa y Viviana Almanza de Cárdenas. c/ Elizabeth Arenas de Barba.

Proceso: Mejor derecho propietario y cancelación de inscripción en Derechos Reales.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 482 a 485, interpuesto por Elizabeth Arenas de Barba contra el Auto de Vista N° 004/2018 de 04 de enero, cursante de fs. 479 a 480 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Mejor derecho propietario y cancelación de inscripción en Derechos Reales, seguido por Ely Cárdenas Figueroa y Viviana Almanza de Cárdenas contra la recurrente, la contestación cursante de fs. 489 a 492, el Auto de Concesión de 13 de Junio de 2018 cursante a fs. 493, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base a la demanda cursante de fs. 118 a 127 vta., subsanada de fs. 131 a 132 Ely Cárdenas Figueroa y Viviana Almanza de Cárdenas iniciaron un proceso Ordinario de Mejor Derecho Propietario y otro; acción que fue dirigida contra Elizabeth Arenas de Barba, quien una vez citada, por memorial de fs. 206 a 211, contestó negativamente a la demanda y reconvino; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de 11 de Julio de 2017, cursante de fs. 437 a 444, donde el Juez Público en lo Civil y Comercial 29 del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declara PROBADA la demanda principal de Mejor derecho propietario y otro, interpuesta por Ely Cárdenas Figueroa y Viviana Almanza de Cárdenas e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción reivindicatoria y otros planteada por Elizabeth Arenas de Barba.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Elizabeth Arenas de Barba mediante memorial de fs. 447 a 450 vta la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N° 004/2018 de 04 de enero, cursante de fs. 479 a 480 vta. de obrados, CONFIRMANDO la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Elizabeth Arenas de Barba según memorial cursante de fs. 482 a 485 de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

ONSIDERANDO II:

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

1. Señala que el Tribunal de alzada violó los arts. 56 y 115. I y II de la Constitución Política del Estado, y art. 105 del Código Civil Sustantivo en lo que se refiere al derecho a la propiedad privada, debido a que injustificadamente se le ha privado a la recurrente del derecho sobre el único lote de terreno que tiene, sin tomar en cuenta que es una persona de la tercera edad.

Solicitando se case el Auto de Vista.

Respuesta al recurso de casación

Mostrando 19 de 37 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

FUNDAMENTACIÓN O EXPRESIÓN DE RECLAMOS EN EL RECURSO DE CASACIÓN/El recurso de casación se funda en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida la Ley, sea en el fondo o en la forma, procediendo también cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de derecho o error de hecho, en cuyo entendido, desde una óptica general, para que el Tribunal de casación pueda considerar los argumentos expuestos en el recurso de impugnación presentado por el recurrente estos deben cumplir la exigencia establecida en el art. 274 num. 3) del Código Procesal Civil.

Datos del proceso

Demandante
Ely Cárdenas Figueroa y Viviana Almanza de Cárdenas.
Demandado
Elizabeth Arenas de Barba.
Proceso
RECURSO DE CASACION/ORDINARIO/MEJOR DERECHO PROPIETARIO Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN DERECHOS REALES
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina

Precedente

Articulo 274 del Codigo de Procedimiento Civil indica: “Expresará, con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”.

Tribunal Supremo de Justicia18 de julio de 2018AS/0650/2018-RIFuente oficial