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TSJ

AS/0652/2006

Tribunal Supremo de Justicia
29 de agosto de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 652

Sucre, 29 de agosto de 2.006

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Patricia Salvatierra Durán c/ Empresa Distribuidora Pecuaria.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 68-70, interpuesto por Freddy Vilaseca Zeballos, en representación legal de la Empresa Distribuidora Pecuaria contra el auto de vista Nº 313 de 5 de noviembre de 2003 (fs. 64-65) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social seguido por Patricia Salvatierra Durán contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 73-76, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de santa Cruz, emitió la sentencia de 20 de agosto de 2003 (fs. 46-48), declarando probado el derecho demandado de fs. 7-9, disponiendo el pago de Bs. 18.963,62.- a favor de la actora, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y vacación.

En grado de apelación, por auto de vista Nº 313 de 5 de noviembre de 2003 (fs. 64-65), se confirma en todas sus partes de la sentencia apelada, con costas.

Que, contra el auto de vista, el recurrente, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 68-70), expresando no haberse valorado correctamente las pruebas aportadas de su parte; realiza un resumen de su prueba para concluir interponiendo recurso de casación en el fondo acusando como infringido el art. 158 del Cód. Proc. Trab., solicitando se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda en todas sus partes, con costas.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Patricia Salvatierra Durán
Demandado
Empresa Distribuidora Pecuaria.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia29 de agosto de 2006AS/0652/2006Fuente oficial