Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 655/2013
Sucre:19 dediciembre 2013
Expediente: SC-118-13-S
Partes: Jorge Sergio Francisco Antelo Cuadros. c/ Edith Carlota Roca Stahl y
Rene Gerald Roca Stahl.
Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y entrega de inmueble
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs.217 a 218, interpuesto por Edith Roca de Ferrante contra el Auto de Vista Nº 350 de 03 de octubre del 2013, de fs. 214 y vlta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación y entrega de inmueble seguido por Jorge Sergio Francisco Antelo Cuadros contra la recurrente y René Gerald Roca Stahl,el Auto de concesión del recurso de fs. 225, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 8 de 15 de marzo del 2013, de fs. 193 a 197 vlta., declarando probada en parte la demanda principal, solamente con relación a la acción reivindicatoria, desocupación y entrega de inmueble e improbada la demanda reconvencional de fs. 54 a 55 vlta., interpuesta por Jorge Sergio Francisco Antelo Cuadros contra Edith Carlota Roca Stahl y René Gerald Roca Stahl, sin costas por ser juicio doble.
Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la codemandada Edith Roca de Ferrante, por memorial de fs. 199 a 201, resueltapor Auto de Vista Nº 350 de 03 de octubre de 2013, de fs. 214 y vlta., por el queconfirma totalmente la Sentencia, Resolución esta última que a su vez es recurrida de casación en la forma y en el fondo y que es objeto de autos.
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
No obstanteque la recurrente a tiempo de acusar los agravios en los que supuestamente hubieran incurrido los de Alzada, no hace la distinción respecto a cuál el fundamento del recurso de casación en la forma y cuál en el fondo,incurriendo en igual confusiónen su petitorio, sin embargo y no obstante las referidas contradicciones, de la revisión del referido recurso, se advierte que la misma alega la errónea y aplicación indebida de las normasAdjetivas, contenidas en los arts. 3 inc. 1), 3) y 6), 190, 192 y 236 del Código de Procedimiento Civil, porque el Juez de instancia a tiempo de pronunciar Sentencia, omitió fundamentar y pronunciarse respecto a la demanda reconvencional de permuta y retención forzosa de la alícuota parte del inmueble objeto del litigio, que al haber sido cuestionada en elrecurso de apelación, el Tribunal Ad quem de forma ilegal y contraviniendo disposiciones de orden constitucional como el debido proceso y seguridad jurídica, rechazóla misma con el argumentando que esta falta de pronunciamiento debió reclamarse vía complementación conforme dispone el art. 196 del Código Procesal Civil, destacando que, “no se percatan que el Juez de instancia no podía complementar sobre algo que no había resuelto en Sentencia” (sic).
Recurso de casación en el fondo:
En este punto, se advierte que la impugnante, alude a lafalta de valoración de prueba tanto documental como testifical que demuestran los trabajos de refacción realizados en el inmueble objeto del proceso, como la declaración de Rodrigo Velarde Ribera, Oscar Pinto Romero y Wilson Rivero Yovioy la documental de fs. 42 y 44, que demuestran lasrefacciones efectuadas por su persona en el inmueble motivo del proceso y que alcanzan al monto de $us. 12.3000, por el que según dicha impugnante, demostraría el derecho que le asiste para hacer efectivo el cobro de la indemnización reclamada en su reconvención.
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