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TSJ

AS/0657/2021

Tribunal Supremo de Justicia
24 de noviembre de 2021Social 1eraMag. Esteban Miranda Terán
Proceso
Compulsa
Sala
Social 1era
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo N° 657/2021

Sucre, 24 de noviembre de 2021.

Expediente: 10/2021

Demandante: CORSAN - CORVIAM SA Construcción SA Sucursal Bolivia.

Demandado: Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

Proceso: Compulsa

Departamento: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 30 a 32, interpuesto por CORSAN - CORVIAM SA Construcciones SA Sucursal Bolivia, a través de su apoderado Juan René Tórrez Silva, contra el Auto Interlocutorio 294/21 SSCYCA-III de 23 de agosto de 2021 (fs. 22), emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social seguido por Sheyla Marcela Quispe Lozano contra la Empresa CORSAN - CORVIAN SA Construcciones SA Sucursal Bolivia, los antecedentes adjuntos, y:

I.- Antecedentes del Proceso:

Argumentos del recurso de compulsa:

Por memorial de fs. 30 a 32, Juan René Tórrez Silva, en representación de CORSAN - CORVIAM SA Construcción SA Sucursal Bolivia, interpuso recurso de compulsa contra los Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, alegando que mediante Auto Interlocutorio 294/21 SSCYCA-III erróneamente se rechazó el recurso de casación en mérito a actos irregulares realizados por plataforma del referido Tribunal.

Refirió que fueron notificados con el Auto de Vista el 221/2019, el 6 de enero de 2021, determinación judicial que generó que interpusieran recurso de casación, por memorial presentado el 18 de enero de 2021 a horas 11:52:41; es decir, dentro de los 8 días establecidos por el art. 210 del CPT, que tiene a bien acreditar por la diligencia de notificación de fs. 125.

El stiker N° 18535002, de 18 de enero de 2021, adherido a la copia del memorial de recurso de casación tiene como número de NUREJ 201613820 correspondiente al proceso laboral, sin embargo, en el memorial adherido al recurso de casación radicado en el juzgado, consigna el stiker N° 18546759, de 19 de enero de 2021, diferente al que fue adherido al momento de la presentación del memorial de recurso de casación; es decir, un día de diferencia; cambio irregular en plataforma, que perjudicó a la empresa que representa, por cuanto el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por Ley, rechazo que vulnera el derecho a la defensa y al debido proceso reconocidos por el art. 115-II de la Constitución Política del Estado.

Concluyó solicitando, se declare legal la compulsa y se disponga la nulidad del Auto Interlocutorio 294/21 SSCYCA-III y en consecuencia se considere el recurso de casación interpuesto.

II.- Antecedentes del proceso:

De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se establece lo siguiente:

Dentro del proceso social, seguido por Sheyla Marcela Quispe Lozano contra la Empresa CORSAN - CORVIAM Construcciones SA Sucursal Bolivia, Sentencia N° 098/2018 de 25 de mayo, se resolvió declarar PROBADA la demanda de fs. 18 a 19 ampliada a fs. 24 a 25 de obrados, ordenando a la empresa demandada pagar a favor de la demandante la suma de Bs. 4.430,60.

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Datos del proceso

Demandante
CORSAN - CORVIAM SA Construcción SA Sucursal Bolivia.
Demandado
Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Proceso
Compulsa
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia24 de noviembre de 2021AS/0657/2021Fuente oficial