Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 658/2022-RA
Fecha: 07 de septiembre de 2022
Expediente: CB-40-22-S
Partes: Rolando Zuñagua Hidalgo c/ Mery Pilar Encinas Pérez.
Proceso: Nulidad de documento.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 526 a 528 interpuesto por Mery Pilar Encinas Pérez contra el Auto de Vista N° 87/2021 de 15 de noviembre, cursante de fs. 519 a 524, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de nulidad de documento seguido por Rolando Zuñagua Hidalgo contra la recurrente; el Auto de concesión de 12 de agosto de 2022 cursante a fs. 531, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Rolando Zuñagua Hidalgo a través de su representante legal Elizabeth Virginia Miranda García por memorial de demanda de fs. 11 a 12 vta., inició el proceso ordinario de nulidad de documento contra Mery Pilar Encinas Pérez, quien una vez citada por comisión instruida, por memorial de fs. 66 a 67 vta. solicitó readecuación al nuevo sistema procesal, formulando además incidente de nulidad de obrados; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 10/2018 de 16 de febrero cursante de fs. 456 a 458, donde la Juez Público Civil y Comercial 3° de Sacaba, declaró IMPROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Mery Pilar Encinas Pérez mediante memorial cursante de fs. 460 a 464 vta., originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 87/2021 de 15 de noviembre, cursante de fs. 519 a 524, que ANULÓ la sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Mery Pilar Encinas Pérez según escrito cursante de fs. 526 a 528; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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