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TSJ

AS/0659/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
19 de junio de 2024Civil
Proceso
Usucapión decenal
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 659/2024-RA

Fecha: 19 de junio de 2024

Expediente: CB-57-24-S

Partes: Richard Jhony Delgadillo Sejas/ Eddy Franz Arévalo Páez y los presuntos herederos de Nelson Javier Arévalo Páez.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 313 a 315 vta., interpuesto por Richard Jhonny Delgadillo Sejas, contra el Auto de Vista N° 371/2023, de 28 de diciembre, obrante de fs. 305 a 309, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal, seguido por el recurrente contra Eddy Franz Arévalo Páez y los herederos de Nelson Javier Arévalo Páez; el Auto de concesión de 16 de mayo de 2024, visible a fs. 322, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Richard Jhonny Delgadillo Sejas representado por Rudy Ronald Baldelomar Fuentes mediante escrito que cursa de fs. 16 a 18, subsanado de fs. 44 a 45 vta., y a fs. 98, promovió proceso ordinario de usucapión decenal contra Eddy Franz Arévalo Páez, los presuntos herederos de Nelson Javier Arévalo Páez, el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba y posibles interesados; quienes una vez citados mediante edictos, no se apersonaron al proceso, por lo que según los proveídos de 18 de julio de 2016 y de 08 de enero de 2018, obrantes a fs. 133 y a fs. 193, respectivamente, se les designó como defensora de oficio a Miriam Peña Fuentes, quien por actuados salientes a fs. 137 y vta., y a fs. 197 y vta., se apersonó al proceso y contestó de forma negativa a la demanda; posteriormente, la entidad edil a través de su representante Humberto Sánchez, por memorial visible a fs. 145, se apersonó en el estado en el que se encontraba la causa; ulteriormente, mediante escrito a fs. 216 y vta., Patricia Coraly Valencia Ilacio en representación de la ex Financiera FINSA, se apersonó al proceso, de la misma forma por actuado saliente a 278 y vta., presentó incidente de nulidad de notificación realizada con el Auto de 02 de agosto de 2019, saliente a fs. 259, mereciendo el Auto interlocutorio de fs. 280 a 282, que dispuso el RECHAZO del mismo y declaró subsistente dicha notificación; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 30/2019, de 17 de julio, cursante de fs. 260 a 263, en la que la Juez Público Civil y Comercial 1° de Sacaba-Cochabamba, declaró PROBADA en todas sus partes la demanda principal.

2. Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por la ex Financiera FINSA representada por Patricia Coraly Valencia Ilacio, según memoriales de fs. 267 a 274 vta. (contra la sentencia), y de fs. 284 a 286 (contra el Auto interlocutorio), originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 371/2024, de 28 de diciembre, que discurre de fs. 305 a 309, que ANULÓ obrados con reposición de todo lo actuado hasta fs. 18 vta., disponiendo que con carácter previo a la admisión de la demanda el actor dirija la misma contra el actual síndico de la masa de la quiebra en forma directa o como litis consorcio pasivo necesario, sin costas ni costos a la parte recurrente.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Richard Jhony Delgadillo Sejas mediante escrito de fs. 313 a 315 vta., que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Richard Jhony Delgadillo Sejas
Demandado
Eddy Franz Arévalo Páez y los presuntos herederos de Nelson Javier Arévalo Páez
Proceso
Usucapión decenal
Tribunal Supremo de Justicia19 de junio de 2024AS/0659/2024-RAFuente oficial