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TSJReiteradora

AS/0660/2020

Tribunal Supremo de Justicia
24 de noviembre de 2020Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Valoración

La parte recurrente manifiesta que en el presente proceso el Tribunal Ad-Quem ha incurrido en un error de hecho al desconocer con valor probatorio que le asigna el art. 159 del código procesal del trabajo, siendo que a fs. 131 a 132 cursa el contrato de alquiler de fecha 03 de mayo de 2017 y que en ...

Proceso
proceso de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2020

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 660/2020

Sucre, 24 de noviembre de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 329/2020

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 186 a 190., interpuesto por JOSE BERNARDO ISAIAS GARCIA, contra el Auto de Vista Nº 233/2019 de 30 de octubre de 2019 de fs. 177 a 182, correspondiente a la Sala Social, Primera Social Administrativa, Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Juan Carlos Órgano Olivera en contra José Bernardo Isaías García en representación de INDUSTRIAL CHEMISTRY, mediante resolución judicial de 17 de Septiembre de 2020 a fs. 193 que concedió el recurso, el Auto Nº 329/2020-A de 13 de Octubre de fs. 200 vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y

I. CONSIDERANDO:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia. -

Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido N° 62/2018 de Trabajo y Seguridad Social Primera de Cochabamba, emitió la Sentencia de 05 de junio, cursante de fs. 150 a 153 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 4 a 6., disponiendo que, proceda al pago de Bs. 16.134 a favor del demandante por concepto de indemnización, aguinaldo, desahucio y sueldo del mes de mayo.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por Juan Carlos Órgano Olivera en contra José Bernardo Isaías García en representación de INDUSTRIAL CHEMISTRY, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de 9Cochabamba, mediante Auto de Vista N° 233/2019 de 30 de octubre, cursante de fs. 177 a 182, confirma la sentencia apelada con costas.

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.

El indicado auto de vista, motivó a la empresa demandada a interponer el recurso de casación de fs. 186 a 190 vta., de obrados, manifestando, en síntesis:

Que el auto de vista Nº 233/2019 sujeto de recurso extraordinario se encuadra dentro de la esfera recursiva por las violaciones que contiene que generan infracciones los cuales se fundamentan en los siguientes términos:

Manifiesta que en el presente proceso el Tribunal Ad-Quem ha incurrido en un error de hecho al desconocer con valor probatorio que le asigna el art. 159 del código procesal del trabajo, siendo que a fs. 131 a 132 cursa el contrato de alquiler de fecha 03 de mayo de 2017 y que en este se instaló la INSDUSTRIAL CHEMISTRY. Menciona que esto establecía el contrato en su cláusula quinta, falta de valoración en cuanto al inicio de la actividad laboral del trabajador.

Error de Derecho en la apreciación y valoración de las fs. 58, 71, 72, 142, y 147 vta.

Lamentablemente en primera instancia y la Juez y el tribunal de alzada no han valorado y apreciado las fs. Señaladas en el siguiente detalle:

A fs. 58 cedula de identidad de VIRGINIA GUIZADA MAMANI

A fs. 71 cursa la diligencia de citación por cedula por la comisión instruida y en la misma firma y en la misma firma como testigo de actuación VIRGINIA GUIZADA MAMANI.

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SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Datos del proceso

Proceso
proceso de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

artículos 3. j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia24 de noviembre de 2020AS/0660/2020Fuente oficial